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  • Ximena González

viernes, 13 de septiembre de 2019

La investigación adelantada por la SIC no involucra la conducta de ningún funcionario público

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante la Resolución 30877 de 2019, formuló pliego de cargos en contra de ocho agentes del mercado y ocho personas naturales por presuntas infracciones a la libre competencia en no menos de 104 procesos de contratación pública, cuyo objeto, en todos los casos estuvo relacionado con la construcción, el mantenimiento y la adecuación de infraestructura del Estado.


En desarrollo de la estrategia anticompetitiva a investigar, las personas vinculadas con la dinámica en mención, se habrían presentado como competidores independientes, cuando en realidad habrían actuado representando un mismo interés.

“Esta actuación administrativa se da en el marco de una denuncia presentada por el Instituto Nacional de Salud y la Secretaría Distrital de Hacienda y lo que procede es avanzar en la investigación formal de los hechos”, explicó Juan Pablo Herrera, delegado para la protección de la libre competencia y además destacó que lo que procede ahora es avanzar en la investigación.

La investigación adelantada por la SIC no involucra la conducta de ningún funcionario público de las entidades del Estado que desarrollaron los procesos de selección investigados.

Entre las empresas involucradas están Servicios Integrales de Ingeniería y Construcción S.A.S., Alcalá & Espinosa Diseño y Construcción Ltda., Emerson Escamilla Murte, EEM Ingeniería Eléctrica, Civil y de Telecomunicaciones S.A.S., Erjar y CIA S.A., Arquitectura Ingeniería Construcciones y Servicios de Colombia Ltda -Arking Colombia ltda., C & Z Ingenieros CivilesS.A.S y Ariete Ingeniería & Construcción S.A.S.

LOS CONTRASTES

  • Juan Pablo Herrera Delegado para la protección de la libre competencia

    “Las posibles sanciones por los hechos son de hasta 100.000 salarios mínimos a cada una de las empresas y hasta 2.000 salarios mínimos a aquellos que facilitaron y toleraron la realización de estas conductas”.

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