10 de octubre de 2024
Suscribirse


10 de octubre de 2024
Suscribirse
Legislación

La SIC inicia investigación preliminar contra Samir Namen por promocionar dióxido de cloro

El señalado debe cumplir las solicitudes del organismo de control en los cinco días hábiles siguientes al recibo de esta comunicación

29 de enero de 2021

Vanessa Pérez Díaz

vperez@larepublica.com.co

Andrés Barreto, superintendente de industria y comercio
Canal de noticias de Asuntos Legales

Samir Namen, un administrador de empresas que se autodenomina en sus redes sociales life coach, angeólogo y terapeuta holístico, y que está recomendando por sus redes sociales el consumo de dióxido de cloro para prevenir el contagio del covid-19, tendrá cinco días para responder ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) las razones que lo llevan a promocionar este producto.

Esta decisión que toma el organismo de control surge a propósito de la referencia que usó la modelo Natalia Paris para promocionar también la venta y el consumo del dióxido de cloro, una acción que la SIC comunicacó este semana debe cesar.

"La SIC, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, se permite informar que, ha determinado requerir al señor Samir Namen Malaver, con ocasión de la orden emitida a la modelo y empresaria Natalia Paris Gaviria, a través de la Resolución No. 21-33907 del 26 de enero de 2021", detalla el comunicado.

Las órdenes que debe cumplir Namen Malaver son:

-Cesar "de manera inmediata" el ofrecimiento del dióxido de Cloro.

-Precisar los medios o los puntos de venta a través de los cuales comercializa el producto. Y agregan: "En caso de utilizar distribuidores, allegar la relación de estos, informando nombre o razón social, documento de identidad, y datos de contacto".

-Informar si actualmente tiene existencias del producto dióxido de cloro.

-Remitir toda la publicidad utilizada para ofrecer el producto dióxido de cloro detallando mediante qué medios fue difundida y en qué fechas.

-Remitir la relación de peticiones quejas y reclamos (PQR) recibidas a la fecha, relacionadas con la comercialización del dióxido de cloro.

-Presentar la ficha técnica del producto, en la cual se mencionen los ingredientes y/o sustancias que lo componen.

-Entregar soportes documentales que sustentan las bondades atribuidas al producto denominado “Dióxido de Cloro”, especialmente las relacionadas con la prevención y/o curación del covid-19.

La SIC aclaró que de no cumplir con todas estas solicitudes en el tiempo establecido (cinco días hábiles siguientes al recibo de la presente comunicación), el organismo puede imponerle una multa de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Otras sanciones pueden ser: ordenar el cierre temporal del establecimiento de comercio hasta por ciento ochenta 180 días; y la imposición adicional de multas sucesivas de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La SIC volvió a hacer un llamado a los consumidores "para que se informe, en los canales oficiales de las Autoridades de Salud de Colombia, sobre las recomendaciones para prevenir el contagio del covid-19"

Pidió que se desconfíe de las publicaciones "que ofrecen productos como soluciones milagrosas para evitar el contagio del virus o contrarrestar sus efectos" y enfatizó que "no existe información científica avalada por una autoridad en salud, que acredite la existencia de algún producto capaz curar la covid-19".

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA