Edificio Aquarela

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miércoles, 17 de mayo de 2023

La SIC multó a la promotora del proyecto Calle 47 S.A.S. por $1.508 millones y a la constructora Plano Constructivo por $696 millones

Una nueva traba le surgió al polémico edificio Aquarela, ubicado cerca al Castillo de San Felipe en Cartagena. Ahora, la Superintendencia de Industria y Comercio determinó que la construcción no cumple con las normas mínimas de sismo resistencia, por lo que sancionó a la promotora y a la constructora del proyecto.

En total, fue una multa por más de $2.200 millones para ambas, de $1.508 para la Promotora Calle 47 S.A.S., equivalentes a 1.300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y de $696 millones para la constructora Plano Constructivo, que equivalen a 600 smlmv.

De acuerdo con las SIC, que profirió la sanción por medio de la Resolución N° 23273, la Torre 1 del polémico proyecto no cumple con los requisitos establecidos en la Norma de Sismo Resistencia 10, ya que presenta fallas en los índices de flexibilidad y sobreesfuerzo, resistencia, espectro sísmico (fuerzas sísmicas) de diseño, cimentación, muros estructurales, y resistencia al fuego.

"Se demostró que Promotora Calle 47 S.A.S., y Plano Constructivo S.A.S. incurrieron en la vulneración del derecho que les asiste a los consumidores a recibir productos de calidad, seguridad e idoneidad", manifestó la SIC en un comunicado.

Agregó que, por estas circunstancias, la Torre 1 del edificio presenta riesgos irrazonables para la salud o integridad de los que adquirieron las unidades inmobiliarias del proyecto.

"Por otra parte, se demostró que Promotora Calle 47 S.A.S., no suministró información veraz respecto de los inconvenientes que se han presentado con la ejecución del proyecto inmobiliario y de los anuncios de demolición, así como por no suministrar información clara, que generó o pudo generar error en los consumidores sobre el estado actual del proyecto", finalizó la Superindustria.

Esta sanción de la SIC se suma a otro lío legal que tiene el proyecto, luego de que el Juzgado Décimo Segundo Administrativo Oral de Cartagena ordenara la demolición de la construcción.

De acuerdo con el fallo en primera instancia, se vulneraron los derechos colectivos al goce del espacio público, su utilización y defensa, además de que amenaza los derechos colectivos del patrimonio público y cultural de la Nación.

Según la orden del juez, el Distrito de Cartagena y la Promotora Calle 47 S.A.S, deberán a asumir el costo de la demolición y restituir 619.59 metros cuadrados de espacio público

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