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  • Diego Alejandro Ospina Henao

martes, 30 de agosto de 2022

La iniciativa plantea la suspensión de órdenes de captura para los negociadores de los grupos armados al margen de la ley

El ministro del Interior, Alfonso Prada, radicó ante la Cámara de Representantes el proyecto de ley "por medio del cual se define la política de paz de Estado", que modifica la Ley 418 de 1997, o de orden público, y se crea el servicio social para la paz, entre otras disposiciones. Esto, en el marco de los esfuerzos de trazar una hoja de ruta para la denominada "paz total", que incluye la suspensión de órdenes de captura para los negociadores y voceros de los grupos armados al margen de la ley.

La iniciativa plantea que el Estado "garantizará la seguridad humana para la construcción de la paz total" y, para ello, "la política de paz será una política de Estado y, en tal sentido, comprometerá a las autoridades de todas las ramas y niveles del poder público, quienes deberán orientar sus actuaciones a darle cumplimiento. Asimismo, los diferentes gobiernos deberán garantizar la continuidad de las políticas públicas de paz y, en consecuencia, tendrán el deber de concluir aquellas que sean fijadas por administraciones precedentes".

Además, establece que los representantes autorizados por el Gobierno Nacional podrán adelantar diálogos y firmar acuerdos con los grupos armados al margen de la ley para su reincorporación a la legalidad, que podrían ser supervisados por instancias internacionales.

"Una vez iniciado un proceso de diálogo, negociación o firma de acuerdos, y con el fin de facilitar el desarrollo de los mismos, las autoridades judiciales correspondientes suspenderán las órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de los miembros representantes de las organizaciones armadas al margen de la ley con los cuales se adelanten diálogos, negociaciones o acuerdos de paz", agrega el articulado de la iniciativa.

El proyecto agrega que, para facilitar los procesos, el gobierno podrá acordar la ubicación temporal de los miembros de los grupos armados con los que se negocia en zonas designadas, en las que "quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las que tengan fines de extradición, contra estos y los demás miembros del grupo organizado al margen de la ley al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia las mismas hasta que el Gobierno así lo determine o declare que ha culminado dicho proceso".

Para ello, el gobierno deberá delimitar las zonas, establecer el papel de las instancias que participen en el proceso de negociación; poner las condiciones de temporalidad y funcionamiento de las zonas; y determinar las modalidades de acción de la fuerza pública.

Además, el proyecto plantea la creación del "gabinete de paz", que implica que todos los ministerios deberán trazar un política de paz en el ámbito de su competencia, faculta al Presidente para crear "regiones de paz" para los diálogos y crea el servicio social para la paz.

"El servicio social para la paz tendrá una duración de 12 meses, una remuneración conforme a lo también previsto para el servicio militar, y podrá prestarse en las siguientes modalidades: para promover la alfabetización digital en zonas rurales o urbanas; para el trabajo con víctimas del conflicto armado y la promoción de sus derechos; para la refrendación y el cumplimiento de acuerdos de paz; para promover la política pública de paz, la reconciliación, la convivencia y la no estigmatización; y para la protección de la naturaleza y la biodiversidad.

El proyecto de ley también crea el Fondo de Programas Especiales para la Paz, como una cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, "administrada como un sistema separado de cuentas, cuyos gastos serán ordenados por su director(a), bajo la orientación y el direccionamiento de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz".

Ese fondo para la paz será para financiar "los programas encaminados al logro y la consolidación de la paz en Colombia", y se crea también el Fondo de Inversión para la Paz, como subcuenta del Fondo para la Paz. "Para el desarrollo de la finalidad del Fondo de Inversión para la Paz se podrán crear fondos fiduciarios, celebrar contratos de fiducia y encargos fiduciarios, contratos de administración y de mandato y las demás clases de negocios jurídicos que sean necesarios. Para todos los efectos, los contratos que se celebren en relación con el Fondo de Inversión para la Paz, para arbitrar recursos o para la ejecución o inversión de los mismos se regirán por las reglas del derecho privado", se lee en el texto, que agrega que se crearán "bonos de paz" para financiar el fondo.

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