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Hacienda

Las sanciones por no pagar a tiempo con las fechas la declaración de renta a la Dian

Habrá una sanción equivalente a 5% del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de retraso, sin que este exceda 100% del valor del impuesto

20 de junio de 2025

Diego Alejandro Ospina Henao

dospina@larepublica.com.co

Calendario de declaración de renta personas naturales 2025
Gráfico LR
Canal de noticias de Asuntos Legales

La temporada de declaración de renta para personas naturales cada vez está más cerca. A partir del 12 de agosto de 2025, los colombianos deberán declarar sus ingresos, empezando por quienes tienen cédulas terminadas en 01 y 02, y así sucesivamente cada día hábil, finalizando el 24 de octubre con las cédulas terminadas en 99 y 00. Es importante tener estos plazos en mente si no quiere retrasarse y ser sancionado por la Dian, que en el peor de los casos puede embargar bienes y cuentas.

Para las personas naturales las multas por no hacer su declaración de renta a la Dian, en las fechas estimadas del calendario (ver gráfico), deben liquidarse y pagar una sanción equivalente a 5% del impuesto a cargo, por cada mes o fracción de retraso, sin que este exceda 100% del valor del impuesto, de acuerdo con Andrés Bermúdez, director de derecho tributario en la firma Godoy Córdoba.

Calendario de declaración de renta personas naturales 2025
Gráfico LR

Tenga en cuenta que el pago fuera de la fecha establecida genera intereses moratorios y que se causan desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y hasta la fecha del pago efectivo.

Bermúdez explicó que “la tasa de interés moratorio corresponde a la medida diaria equivalente a la tasa de usura vigente, para créditos de consumo, determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia, menos dos puntos porcentuales”.

LOS CONTRASTES

  • Andrés BermúdezDirector de derecho tributario en Godoy Córdoba

    “Cuando la declaración se presenta de forma extemporánea, debe liquidarse y pagarse una sanción equivalente a 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes calendario de retraso”.

  • Andrés Felipe VelásquezAbogado constitucionalista y socio de Velásquez Osorio Abogados

    “Declarar y pagar fuera de los plazos genera mayores costos para el contribuyente. Hay sanciones por no presentar la declaración o presentarla fuera del tiempo, e intereses de mora sobre el impuesto”.

Para calcular este tipo de sanción, las personas, de acuerdo con Natalia Guerrero, asociada del área tributaria en PPU, deben realizar un cálculo sobre el impuesto a cargo, ingresos brutos o patrimonio líquido del contribuyente, según el caso.

En el peor de los casos la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales puede generar embargos a bienes o cuentas, si la personas no declara.

“La declaración tributaria es un título ejecutivo y la Dian puede embargar en caso de que no se pague el impuesto”, dijo Andrés Felipe Velásquez, abogado constitucionalista y socio de Velásquez Osorio Abogados.

Bermúdez dijo que, para que la Dian pueda embargar a un contribuyente, debe haberse iniciado primero un proceso de cobro coactivo en su contra.

Para dar inicio al proceso de cobro, el experto dijo que la autoridad tributaria debe contar con un título ejecutivo y que las declaraciones presentadas por los contribuyentes son uno de esos elementos.

“Si se presenta una declaración de renta y no se paga, la Dian podrá iniciar un proceso de cobro coactivo. Previa o simultáneamente con el mandamiento de pago, el funcionario podrá decretar el embargo y secuestro de los bienes del deudor que se hayan establecido como de su propiedad”, explicó Bermúdez.

La Dian puede generar embargos de cuentas bancarias, bienes muebles o inmuebles, y retención de ingresos o salarios.

¿Todos declaran a la Dian?

Una de las preguntas más frecuentes sobre la declaración de renta es saber a cuáles personas aplica esta medida, con el fin de evitar las sanciones explicadas con anterioridad.

De acuerdo con lo establecido, las personas naturales que deben declarar renta son aquellas que hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, equivalente a unos $65,8 millones durante 2024. También para aquellos que tengan un patrimonio bruto en el último día del año superior a 4.500 UVT , o unos $211.7 millones para el año pasado. Además, aplica para las personas que hayan realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($65,8 millones).

Pero también deben declarar aquellos que hayan realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT, o unos $65,8 millones durante el año pasado.

¿Cómo es el proceso?

De acuerdo con los expertos consultados, la declaración se presenta a través del portal dispuesto por la Dian, al cual tienen acceso todos los contribuyentes una vez se han inscrito ante el Registro Único Tributario, RUT.

Luego de esto, la entidad cuenta con un calendario en el que cada persona puede ver la fecha que debe declarar renta, la cual es determinada por los dos últimos números del NIT, que se da con el registro del RUT.

Para hacer el proceso, los responsables deben utilizar el formulario 210 para personas naturales residentes y el 110 para los no residentes.

Andrés Felipe Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, dijo que más de cuatro millones de personas deben presentar declaración de renta.

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