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Salud

MinSalud unifica normas sobre eutanasia y cuidados para el derecho a morir dignamente

Se tratan las dimensiones de cuidados paliativos, adecuación de esfuerzos terapéuticos y eutanasia sin alterar las normas de la Corte

06 de mayo de 2026

Isabella Rodríguez Ángel


Guillermo Alfonso Jaramillo, ministro de Salud
@MinSaludCol
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El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia emitió la Resolución 000813 del 28 de abril de 2026. Esta normativa unifica y actualiza las disposiciones relacionadas con el derecho fundamental a morir dignamente en el sistema de salud. Con este instrumento se derogan las resoluciones 825 de 2018 y 971 de 2021 para consolidar un marco normativo único.

La resolución responde al cumplimiento de órdenes impartidas por la Corte Constitucional y busca organizar los desarrollos jurisprudenciales vigentes. Hasta el momento, no se han introducido cambios en los criterios de acceso ni en el alcance del derecho. La finalidad de la norma es articular y precisar las reglas existentes para su aplicación técnica por parte de los prestadores de servicios.

El marco regulatorio integra tres dimensiones principales para la atención al final de la vida: los cuidados paliativos, la adecuación de los esfuerzos terapéuticos y la eutanasia. La normativa especifica que no existe una jerarquía entre estas opciones ni la obligación de agotar una para acceder a las otras. Asimismo, se mantiene la autonomía del paciente como el eje central de los procedimientos.

El documento técnico define el concepto de condición de salud extrema como una situación clínica de diagnóstico comprobado con alteración fisiopatológica grave. Además, establece directrices para el uso del Documento de Voluntad Anticipada y el consentimiento sustituto en casos donde el paciente no pueda expresarse directamente. Para personas con discapacidad, se garantiza el uso de apoyos y ajustes razonables.

Las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, conservan la obligación de garantizar la gratuidad y la oportunidad del trámite. Las instituciones deben activar los comités correspondientes para atender las solicitudes de acuerdo con los términos legales. El Ministerio de Salud enfatiza que el modelo se mantiene bajo los estándares de libertad e información del usuario.

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