Arturo Char

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  • Alejandra Rico Muñoz

viernes, 26 de mayo de 2023

No se encontró ninguna circunstancia que permita sospechar de la imparcialidad, objetividad o ecuanimidad de los magistrados

Una Sala de conjueces de la Sala Especial de Instrucción negó la recusación que el exsenador Arturo Char Chaljub presentó contra todos los magistrados titulares de esta sala, en medio de la investigación que se sigue en su contra por los presuntos delitos de corrupción al sufragante y concierto para delinquir.

La decisión de los conjueces fue tomada luego de que los magistrados titulares decidieron no apartarse del conocimiento de este proceso tras analizar la naturaleza y características de los impedimentos y recusaciones.

Los conjueces determinaron que el auto del pasado 24 de noviembre del 2022 con el cual la Sala Especial de Instrucción dio inicio a la investigación formal en contra del exsenador Arturo Char, no configura un prejuzgamiento en el que se esté dando por sentada la responsabilidad penal del investigado.

Tampoco se encontró ninguna circunstancia que permita sospechar de la imparcialidad, objetividad o ecuanimidad de los magistrados titulares de la Sala para continuar con el conocimiento de las etapas subsiguientes en este proceso penal.

La Sala de conjueces también recordó que los magistrados de la Sala de Instrucción, de acuerdo con la ley, tienen la obligación de llevar el proceso hasta que finalice la instrucción. Por ello consideró que aceptar la recusación propuesta por el exsenador Arturo Char, basada en un supuesto prejuzgamiento por parte de los magistrados titulares por haber participado en el auto que abrió la investigación formal en su contra, conllevaría al absurdo de que en cada etapa que se va desarrollando en la fase de instrucción se tenga que cambiar de funcionarios, cuando esto no es lo que dispone la ley.

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