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Comercio

Nestlé Waters Pure Life no se registró ante la Superintendencia de Industria y Comercio

El objetivo de la compañía era inscribir la referencia para agua y citaba que esta derivaba de su marca Nestlé Pureza Vital.

07 de julio de 2017

Gabriel Forero Oliveros


Canal de noticias de Asuntos Legales

La firma suiza Societe des Produits Nestlé S.A. no pudo registrar la marca Nestlé Waters Pure Life (mixta), con reivindicación de color, ante la Superintendencia de Industria y Comercio debido a que el despacho declaró fundada la oposición presentada por Gloria S.A. que argumentaba su parecido con su signo Pura Vida.

En vista de esta resolución de la SIC, la compañía de alimentos señaló ante el despacho que “las expresiones “pure” y “life” no solo resultan complementarias dentro del registro marcario solicitado sino que adicionalmente son usadas en la Clase 32 Internacional y por lo tanto son débiles e inapropiables de forma exclusiva. Es claro que el titular de una marca que lleve incluida una o más expresiones de uso común no tiene un dominio exclusivo sobre ella” por lo que no puede impedir a terceros usar la expresión, tal como sucede con Nestlé.

El objetivo de la compañía era inscribir la referencia para agua y citaba que esta derivaba de su marca Nestlé Pureza Vital, no obstante la Superindustria destacó en su análisis que “una vez vistos los signos se tiene como conclusión que la marca de al referencia no es derivada de la previamente registrada toda vez que no se dan los presupuestos adoptados por el Tribunal de Justicia de la CAN. Toda vez que, como fue manifestado por parte de la Dirección de Signos Distintivos, la variación no radica únicamente en sus elementos complementarios, pues hace uso de elementos preexistentes pero aunados a una expresión y diseño que hacen parta de registros previos (entre ellos los opositores)”.

Por tal razón citó la causal de irregistrabilidad para no otorgar la marca. Catherine Zea, directora de Zea Consultoría, señaló que “la marca solicitada incluye elementos normativos que son conceptualmente confundibles con las marcas previamente registrada”

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