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  • Juliana Ramírez Prado

jueves, 4 de junio de 2015

En estos listados se indica cuánto se le debe a cada persona y de qué naturaleza es el crédito. Es decir, que durante esos cinco días hábiles cualquier afectado puede objetar o impugnar la forma cómo quedó clasificado en el documento.

“Vencido el traslado de las objeciones, se inicia la etapa de conciliación por 10 días. Si no se concilian las objeciones, el juez del concurso debe pronunciarse sobre las pruebas solicitadas y decretar de oficio las que considere conducentes  y pertinentes”, manifestó Francisco Reyes, superintendente de Sociedades.

Agotada la etapa probatoria, el juez debe citar a la audiencia para resolver las objeciones que no conciliaron y resolver sobre la aprobación de los proyectos de calificación y graduación de créditos y derechos de voto.

Cabe recordar que este traslado había sido suspendido en enero de este año  (por cuatro meses) porque una juez determinó que Superintendencia no había realizado  una correcta difusión.

En la página web www.supersociedades.gov.co se podrá descargar los formatos para realizar las objeciones.

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