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  • Alejandro Arias

sábado, 15 de junio de 2013

No habiéndose superado la crisis generada por la intención de algunos actores de construir los proyectos Six Senses y Los Ciruelos y de paso intentarse legalizar la actual e ilegal explotación de servicios hoteleros y turísticos en el Parque Tayrona (hoy hay más de 400 edificaciones dedicadas a la hotelería informal - ver presentación: http://sdrv.ms/Z8Kjck) es un buen momento para asumir la discusión que permita responder ¿dónde sí se debe desarrollar el ecoturismo en el Parque Tayrona o los Parques Nacionales Naturales del país?.

El 8 de febrero de este año el periódico El Tiempo publicó las reacciones del Ministro de Medio Ambiente, Juan Gabriel Uribe, quien anunció la expedición de una resolución -que se aplicaría a más tardar desde junio-, mediante la cual se definiría ecoturismo “como una actividad que incluye, exclusivamente, investigación y pedagogía, observación de flora y fauna”, y con la que de paso se le cerraría la puerta a la construcción de hoteles dentro de esas áreas protegidas del país. 
 
De acuerdo con dicha publicación de “esta forma, proyectos de lujo como los que pretendía construir la firma multinacional Six Senses o la empresa Los Ciruelos, solo se podrán hacer por fuera de las zona de reserva, muy cerca de los parques, pero no dentro de ellos”. Obedeciendo, según el Ministro, a una tendencia mundial, recomendada incluso por el Fondo Mundial para la Naturaleza (Uicn). (Ver El Tiempo 08FEB2013: http://bit.ly/16K6OqL). De esta forma se pasó a hablar, por vez primera de cara a la explotación industrial eco turística de los Parques Nacionales Naturales, de las Zonas de Amortiguación.
 
Las zonas amortiguadoras hace varios años pasaron a constituirse en tema de vital importancia en el marco de la planificación del territorio regional y nacional por su decidida influencia en el ordenamiento del uso de los recursos naturales y su contribución con la generación de beneficios eco sistémicos a las poblaciones aledañas.
 
Las necesidades propias de desarrollo social y económico de las comunidades vecinas e insertas en los Parques Nacionales Naturales obligaron al desarrollo de acciones sobre la zona concebida como de amortiguamiento a efectos de evitar el consumo de recursos naturales internos dentro de las área protegidas procurando, a su vez, que éstas brinden beneficios a los pobladores locales. 
 
Dentro de los ejemplos destacados en la labor adelantada por la Dirección Nacional de Parques Naturales se encuentran los Sistemas Sostenibles para la Conservación y el Ecoturismo. La Zona Amortiguadora es una figura de ordenamiento ambiental que pretende armonizar la conservación de los recursos naturales a través de un desarrollo social y ambiental sostenible. 
 
Son zonas ubicadas siempre periféricas y circunvecinas a las áreas protegidas que tienen como función atenuar las perturbaciones existentes y prevenir las alteraciones sobre el área protegida, en donde es posible imponer limitaciones y restricciones al dominio. Se entiende como una zona que se extiende y complementa con la cobertura del área protegida. Estas Zonas deben planificarse y reglamentarse mediante una zonificación de manejo, la cual deberá coincidir con los usos establecidos por las autoridades competentes en el proceso (en este caso Minambiente, Dirección de Parques, CAR, Alcaldías) y en donde tendrán prioridad las estrategias de conservación y las iniciativas de desarrollo que se armonicen con un uso consiente de los recursos naturales.
 
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