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Judicial

Polémica por medida que busca dar cárcel a dueños de establecimientos nocturnos

La norma la daría un artículo incluido en el proyecto de ley 060 de 2018, presentado por el fiscal Néstor Humberto Martínez ante el congreso

08 de abril de 2019

Alexis Posso


Canal de noticias de Asuntos Legales

Por un artículo incluido en el proyecto de ley 060 de 2018, presentado por el fiscal Néstor Humberto Martínez ante el congreso, los propietarios de locales nocturnos, bares y restaurantes que permitan el consumo de drogas dentro de sus establecimientos pagarían de 4 a 8 años de cárcel.

Aunque la norma buscaría endurecer la lucha contra el microtráfico y el narcomenudeo, también ha levantado alguna cejas en el gremio de los propietarios de establecimientos nocturnos.

El artículo es, concretamente, el 376, que establece: “el que, por razón de su oficio o actividad, se encuentre a cargo de un establecimiento público, espacio público o abierto al público, permita, promueva o tolere el tráfico o consumo de alguna de las sustancias estupefacientes, sicotrópicas o drogas de circulación restringida, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos.”

De acuerdo con representantes del sector, este artículo rompe con la noción de que la responsabilidad penal es individual, porque en últimas busca erradicar el consumo afectando directamente a los titulares de los locales.

Enrique Gómez, presidente de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica,Acodres, señaló que "nosotros no podemos gobernar sobre las tendencias de consumo o los vicios que tienen las personas, para eso hay políticas de atención y prevención. Es como con el cigarrillo: hay personas que ya no dejan de fumar".

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