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Actualidad

Por marca ‘Popular’ de Postobón, SIC negó signo a la Nacional de Chocolates

30 de enero de 2013

Ana María Bedoya Jiménez


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio negó el registro de la marca ‘Popular’ solicitada por la Compañía Nacional de Chocolates, al declarar fundada la oposición que presentó desde 2001 la sociedad Gaseosas Tobón, Postobón.

Además, la sociedad Colombina y Neftalí Salazar Giraldo se habían opuesto a dicho registro, no obstante, la SIC resolvió declarar infundadas sus oposiciones.

Al respecto, Jaime Eduardo Delgado Villegas, actuando como apoderado del opositor Neftalí Salazar Giraldo, interpuso los recursos de apelación y en subsidio de apelación contra la Resolución No. 25341 de 31 de julio de 2001, en la que negó sus argumentos al oponerse al registro del signo ‘Popular’.

Delgado Villegas argumentó su inconformidad ante la decisión de la Superindustria alegando que en 1995 la entidad negó la renovación de la marca ‘Popular’ pero en los términos legales presentaron los recursos, “sin que hasta la fecha hayan sido fallados”, agregó.

La solicitud de registro de la Compañía Nacional de Chocolates buscaba amparar los productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. En ese momento, Postobón argumentó su oposición en que la expresión ‘Popular’ resultaba confundible con sus signos registrados (Popular).

“La posibilidad de confusión resulta de considerar las dos marcas simultáneamente. Los productos de las clases 30 y 32 se relaciones ya que tanto una como la otra agrupan productos alimenticios de la canasta familiar”, agregó.

Por su parte, la sociedad Colombina aseguró que dicha expresión es descriptiva por cuanto es la denominación de las características, cualidades y valor de uno de los productos de la clase 30. “Este signo no goza de ninguna de las cualidades de fantasía, novedad y distintividad requeridas por nuestra legislación”, enfatizó.

Por su parte. Neftalí Salazar Giraldo, aseguró que es evidente la identidad de las marcas.

Posteriormente, la Oficina de Signos Distintivos tomó en cuenta todas las opiniones para realizar el examen de registrabilidad.

En ese sentido, encontró que existía la marca ‘Popular’ de propiedad de Postobón para distinguir productos de la clase 32 y explicó que “el signo ‘Popular’ y la marca ‘Popular’ presentan absoluta identidad y lo que es idéntico es confundible por sí mismo”.

En tal medida, la Superindustria aclaró que en este caso, la marca solicitada pretende distinguir entre otros productos, el café y el té. “La expresión ‘Popular’ no sería descriptiva por cuanto no determina una característica de manera directa. Esta palabra significa en su aceptación más frecuente ‘relativo al pueblo’ y esto de ninguna manera indicaría una características de los productos de la 30”.

De este modo, consideró que el signo posee la suficiente fuerza distintiva para ser registrada como marca, ya que no describe de manera clara, inmediata y directa los productos que pretende distinguir.

Sin embargo, destacó que la marca ‘Popular’ de la Compañía Nacional de Chocolates está comprendida en el causal de irregistrabilidad establecido en el artículo 135 literal e, de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Dentro de la Superintendencia de Industria y Comercio este caso ya agotó la vía gubernativa el pasado 31 de octubre de 2012. No obstante, la Compañía Nacional de Chocolates puede demandar la nulidad de la resolución ante el Consejo de Estado.

Registros de Postobón
Según la información que reposa en la Superindustria, la sociedad Posada Tobón S.A., tiene ocho registros marcarios para el signo ‘Popular’ en la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza, de los cuales seis están vigentes hasta 2014, uno en 2016 y otro en 2022.

De otro lado, también existe un registro vigente hasta 2021 para Colgate Palmolive para la clase 21, es decir, materiales para la fabricación de cepillos, utensilios de limpieza, entre otros.

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