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martes, 5 de enero de 2021

Un juez quinto de Medellín de ejecución de penas y medidas de seguridad falló a favor de una tutela fundamentada en el derecho de igualdad

Sergio Fajardo y cuatro exfuncionarios más serán nuevamente escuchados en caso Hidroituango ante la Contraloría, luego de que un juez quinto de Medellín de ejecución de penas y medidas de seguridad fallara a favor de estos.

Lo anterior, se da por una tutela interpuesta por Sergio Fajardo junto con John Alberto Maya Salazar, María Eugenia Ramos Villa, Rafael Nanclares y el exgerente Federico Restrepo Posada contra la Contraloría intersectorial de la Contraloría General de la República, fundamentada en el derecho de igualdad. Todo esto, en el marco de la imputación de cargos por la presunta responsabilidad fiscal en la contingencia del proyecto Hidroituango.

Según los accionantes, fue corto el espacio que dio la Contraloría General de la Nación para que las personas imputadas, el pasado 2 de diciembre de 2020, pudieran responder frente a las acusaciones del ente de control.

“La vulneración lleva implícito el concepto de daño o perjuicio, la amenaza en cambio es una violación potencial que se presenta como inminente y próxima. De esta manera resulta entonces que se vulnera un derecho cuando el bien jurídico que constituye su objeto es lesionado; se amenaza, cuando ese mismo bien jurídico, sin ser destruido, es puesto en trance de sufrir mengua, de tal manera que la acción de tutela está llamada a prosperar, cuando los hechos que pueden implicar violación de los derechos fundamentales no se han producido, pero existe razón objetiva, fundada y claramente establecida en cuya virtud se pueda considerar - con miras a su protección- que existe una amenaza cierta y contundente contra ellos”, señaló la misiva, que hace parte de la explicaciones por las cuales se toman las medidas.

Por esto, el fallo ordena a la Contraloría delegada intersectorial de la Unidad de investigaciones especiales contra la Corrupción de la Contraloría General de la República que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta decisión, le informe a los accionantes que tienen 10 días señalados rendir sus descargos en el proceso de responsabilidad fiscal.

En caso de no ser impugnada, se remitirá ante la Corte Constitucional para su eventual revisión.

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