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Actualidad

Proceso de paz, un derecho constitucional

06 de septiembre de 2012

Carlos Parra Dussan


Asuntos Legales
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La superación del conflicto armado en Colombia, que hemos sufrido por tantas décadas, amerita para su solución un proceso de paz, como garantía de este derecho constitucional fundamental, directamente relacionado con el respeto efectivo de los derechos humanos.

De esta manera, desde que asumió la Presidencia en agosto de 2010, Santos ha reiterado su disposición a lograr una salida negociada al conflicto armado, exigiendo a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) muestras de voluntad en ese sentido.

En vísperas de cumplir cincuenta años de este conflicto, lo primero que hizo el Presidente Santos en la Ley 1448 de 2011, es aceptar que se trata de un conflicto armado interno, por lo que se invoca el respeto al derecho internacional humanitario.

Asimismo ha reiterado, que cuando estén dadas las condiciones para un acuerdo de paz, informará oportunamente al país, generando expectativas inciertas para los que anhelamos la paz.

Posteriormente, el Presidente Santos hizo un interesante planteamiento en el encuentro realizado en Bogotá por la Jurisdicción Constitucional, afirmando que “necesitamos una estrategia de cierre que nos saque definitivamente de los ciclos de violencia y haga que la paz sea sostenible y duradera”.

A principios de 2012, las Farc anunciaron su renuncia al secuestro de civiles con fines de extorsión económica dejando en libertad a los últimos diez policías y militares que mantenían cautivos.

A mediados de junio, el Congreso de la República aprobó el marco jurídico para la paz, que permitirá futuras negociaciones, convirtiéndose en la llave para  la paz debiendo el Presidente activarla radicando en el Congreso un proyecto de ley estatutaria que la reglamente.  Por último, en los recientes discursos del Presidente Santos, ante los indígenas en el Cauca y el que pronunció en Tolemaida el día en que su hijo se enlistó en las filas del Ejército, señaló que “la paz es la victoria”.

Algunos temas específicos ya se sabe que estarán en la mesa de acercamientos, para poder poner punto final al conflicto, como el reconocimiento político para las Farc, entrega de tierras, beneficios judiciales con pequeñas penas y la no extradición.

 En suma, existe un ambiente propicio para iniciar un acercamiento de paz en el país, porque las partes (Gobierno y guerrilla), están interesadas en el tema,  existe respaldo institucional y social a la idea de que el Ejecutivo explore dichos caminos, se tiene respaldo de los partidos de la Unidad Nacional y los sectores de la oposición y los movimientos sociales ya han apoyado la idea.

En este sentido, la Corte Constitucional en la Sentencia  C-771 de 2011, precisó que de acuerdo a la Ley 1424 de 2010, se debe aplicar en Colombia la  justicia transicional en el contexto del conflicto armado que vive el país, procurando  que las mismas no desborden el marco constitucional de los derechos fundamentales, ni el orden internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

De esta manera, la paz conlleva el derecho a vivir en una sociedad que excluya la violencia como medio de solucionar los conflictos, que impida la violación a los derechos humanos y que proteja a sus ciudadanos frente a la arbitrariedad, la violencia y el terrorismo.

En conclusión, es legítimo que el Gobierno colombiano, construya las condiciones jurídicas para que sea posible negociar la terminación del conflicto armado interno, recurriendo a un proceso de paz, sin perjuicio de los derechos de las víctimas y del cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado.

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