La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco. Foto: Procuraduría

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  • Alejandra Rico Muñoz

miércoles, 2 de agosto de 2023

El órgano de control estableció que en desarrollo de ese plan complementario hubo estudiantes repetidos en las bases de datos

La Procuraduría General de la Nación, a cargo de Margarita Cabello, sancionó con suspensión de cinco meses al exalcalde de Belén de Umbría, Risaralda, Jaime Grajales Serna (2012-2015), y al exsecretario de Desarrollo Comunitario, Héctor Fabio Alzate Bermúdez (2014), por irregularidades en la ejecución del Plan de Alimentación Escolar (PAE) en el municipio.

En fallo de segunda instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular señaló que los exfuncionarios suscribieron, con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), un convenio por $47 millones para complementar el almuerzo de los estudiantes y aumentar el grupo de beneficiarios en 237 cupos, servicio que no fue cumplido en su totalidad por parte de la administración municipal.

El órgano de control estableció que en desarrollo de ese plan complementario hubo estudiantes repetidos en las bases de datos y otros no fueron incluidos para recibir las raciones. Además, 50 % de los establecimientos educativos del municipio no contaban con restaurantes o comedores aptos para el suministro de los alimentos.

El Ministerio Público indicó que la falta de un análisis previo, el uso ineficiente de los recursos y no observar las pautas del PAE por parte de los investigados redundó en la afectación de los niños, niñas y adolescentes que no recibieron el complemento nutricional diario, lo que vulneró el derecho fundamental a la alimentación de los menores.

“El daño al patrimonio económico público se dio por el doble pago de la misma ración a 124 destinatarios y por no aumentar el número de beneficiarios, irregularidades que no se podían justificar en la falta de infraestructura física para servir los alimentos en las sedes escolares, pues era deber de los entes territoriales suministrar a los alumnos porciones listas para consumir”, recalcó la Procuraduría en el fallo.

Por esos hechos, el órgano de control calificó la conducta de los investigados como una falta grave cometida a título de culpa grave. Al no estar en el ejercicio de sus cargos o de funciones públicas, la sanción impuesta se convirtió en salarios básicos devengados para la fecha en que cometieron la falta, que en el caso del exalcalde Grajales Serna se fijó en un poco más de $15 millones, y de Alzate Bermúdez, en $12 millones.

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