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Judicial

La Procuraduría sancionó a un rector por demora en respuesta a derecho de petición

El funcionario tardó 79 días hábiles adicionales al plazo establecido por la ley para responder a la solicitud que recibió el 4 de marzo de 2020

19 de diciembre de 2024

Laura Cuevas Sánchez


Colprensa
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En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación suspendió por cinco meses al rector del Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo, Valle del Cauca, Germán Colonia Alcalde, tras determinar que incumplió con su obligación de responder oportunamente un derecho de petición remitido por competencia desde el Ministerio de Educación.

La Regional de Juzgamiento de Risaralda concluyó que el rector tardó 79 días hábiles adicionales al plazo establecido por la ley para responder a la solicitud que recibió el 4 de marzo de 2020. Según el fallo, a partir del 27 de marzo, la falta de pronunciamiento constituyó una contravención de sus deberes legales, vulneró el derecho fundamental de petición y afectó las aspiraciones profesionales del peticionario, quien dependía de dicha respuesta para participar en convocatorias laborales.

El ente de control precisó que el correo con el requerimiento ingresó a la bandeja de entrada de la rectoría, pero no fue tramitado hasta que, meses después, un funcionario advirtió su existencia. La respuesta formal finalmente fue emitida el 6 de julio de 2020, firmada por Colonia Alcalde.

Aunque la sanción ocurrió en el contexto de la emergencia sanitaria por el Covid-19, la Procuraduría subrayó que en ningún momento se eximió a las entidades públicas de atender los derechos de petición dentro de los tiempos legales, lo que hizo injustificable el retraso.

El Ministerio Público calificó la conducta como una falta grave cometida a título de culpa grave, argumentando que Colonia Alcalde incumplió los principios de celeridad y eficacia que rigen la función pública. El fallo puede ser apelado ante una Delegada de Juzgamiento de la Procuraduría.

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