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  • Melisa Echeverri

miércoles, 29 de junio de 2016

La comercializadora y productora de fármacos solicitó el signo para identificar “productos farmacéuticos, desinfectantes de uso higiénico” y otros artículos contenidos en la clase 5 de la Clasificación Internacional de Niza.

Una vez publicada la petición, Productos Familia presentó su oposición con el fin de proteger sus marcas Rapigel y Nosotras Invisible Rapigel, también inscritos en la categoría 5.

El motivo de su inconformidad fue que la expresión ‘speed’ que traducido del inglés quiere decir ‘rapidez’, lleva a que ideológicamente las marcas se asemejen, lo cual podría hacer que los consumidores asociaran erróneamente.

Procaps respondió a la objeción diciendo que para eliminar cualquier riesgo de confusión limitó los productos a identificar con el signo. Además, resaltó que las marcas confrontadas no presentan similitudes.

La Dirección de Signos concordó con la solicitante, en la resolución aseguró que “el consumidor, al ver los signos, podrá distinguir claramente el origen empresarial de cada uno de manera independiente”. Así que decidió conceder el signo. Pero el pleito no paró ahí. La opositora apeló para defender sus marcas mediante su representante Juan Guillermo Moure, quien insistió en que ambas marcas eran parecidas y transmitían la misma idea. Además, agregó que “todos los productos de la cobertura final (...) están íntimamente relacionados con toallas sanitarias,  tampones, protectores diarios,  y otros artículos de protección menstrual que identifican las marcas de Familia en la clase 5”. Sin contar con que comparten canales de comercialización y publicidad.

Pero la Delegatura aseguró que “el consumidor entiende que la naturaleza de los productos a identificar con el signo solicitado difiere de los productos  identificados por la marca registrada”. De tal modo, reiteró la decisión y avaló la marca.

La decisión le pareció ajustada a derecho a Guillermo Navarro, socio de Muñoz Abogados, pues “no se alcanza a percibir ningún riesgo de confusión o asociación en el mercado, lo que hace que una marca sea perfectamente registrable”.

Por su parte, Álvaro Ramírez, CEO de B&R Latin America , dijo que “en sus análisis unas veces encuentra idénticas las palabras cuando son sinónimas en inglés y en español, pero en este caso no encuentra diferencias”.

Y no hay que olvidar que tras el resultado de este pleito, Familia tiene un nuevo revés con la SIC. La empresa tuvo el primer contratiempo con la sanción impuesta por el ‘Cartel del papel suave’ y el ‘Cartel de los pañales’.

Las opiniones

Guillermo Navarro
S
ocio de Muñoz Abogados
“El criterio de la SIC está conforme a las normas de la Comunidad Andina de Naciones, especialmente porque no se alcanza a percibir ningún riesgo de confusión o asociación en el mercado”.

Álvaro Ramírez    
F
undador y CEO de B&R Latin America
“La posición de la SIC es inconsistente en cuanto a las similitudes de los signos con las palabras en inglés y en español. No hay lógica en muchas ocasiones para sus pronunciamientos”.

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