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  • David Jáuregui Sarmiento

jueves, 1 de febrero de 2018

Juzgado sexto de ejecución de penas de Barranquilla aceptó la petición de a Sociedad de Activos Especiales (SAE) y le dio vía libre para que haga efectivo el tramite de extinción de dominio

El juzgado sexto de ejecución de penas de Barranquilla dios vía libre a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), y ordenó que se haga efectivo el tramite de embargo con fines de extinción de dominio de la casa en la que Enilse López, conocida como ‘La Gata’ cumple actualmente la prisión domiciliaria.

La empresaria del chance, condenada por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado, o su defensa podrán presentar a ese despacho una solicitud para indicar el nuevo lugar de residencia donde podría gozar del beneficio de la casa por cárcel bajo la figura de médico en casa, informó RCN Radio, medio que tuvo acceso al documento de seis paginas donde el juez David Hassan Saade Morad dio la autorización para la actuación de la SAE.

Esta decisión del juez de Barranquilla se da en respuesta a una solicitud que la SAE presentó ayer, 31 de enero, en la que pidió que se “modifique la medida de beneficio de detención domiciliaria de la señora Enilse López, en cuanto al lugar de residencia de la misma, toda vez que los inmuebles antes mencionados se encuentran embargados por parte de la Fiscalía y no es posible para la SAE realizar una correcta administración de los bienes si se le permite a una afectado en un proceso de extinción permanecer en el bien que ha sido objeto de una medida cautelar”.

“La SAE, puede adelantar el proceso policivo que regula la ley para la recuperación del bien, y ya será tema aparte a ello, que la condenada directamente o a través de la defensa, presente al despacho la solicitud de cambio de domicilio por diligencia de desalojo, indicándose el nuevo lugar de residencia donde se cumpliría (la prisión domiciliaria) (…)”, explicó Hassan.

De acuerdo a la información proporcionada por RCN Radio, en su decisión el juez llamó la atención a la SAE, pues señaló que ningún funcionario de la Fiscalía de la Unidad de Extinción de Dominio o de la SAE informó de manera oportuna a ese despacho que el inmueble donde se concedió la prisión domiciliaria tuviera medida de embargo.

"No es de recibo que la Sociedad de Activos Especiales señale que por el hecho de la condenada (La Gata) estar en ese domicilio hace 9 días no puede hacer una correcta administración del bien, cuando teniendo medida cautelara desde el año de 2014, no ha tomado posesión del mismo”, indicó el juez.

Vale la pena recordar que en 2013, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 39 años y 10 meses de prisión a ‘La Gata’ por haber ordenado en manos de paramilitares el asesinato de Fabián Ochoa Torres, quien cuidaba un peaje ubicado entre los municipios de Carmen de Bolívar y Ovejas, en el departamento de Sucre, en hechos registrados el 12 de junio del 2000. La empresaria fue sentenciada por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado.

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