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jueves, 25 de febrero de 2021

La salida de prisión se da, según el proyecto, a través de un proceso expedito que revisa el caso y otorga la libertad al preso

Pese a que ya existía un borrador sobre la regulación de la cadena perpetua para violadores, el Ministerio de Justicia anunció un nuevo documento que cambia las reglas, pues en el primero la persona podía ser excarcelada tras 25 años de prisión, mientras en la nueva propuesta no podrá hasta pasados los 50 años.

La salida de prisión se da, según el proyecto, a través de un proceso expedito que revisa el caso y otorga la libertad al preso. Sin embargo, la nueva regulación dicta que tras 25 años tras las rejas, la persona puede acceder a una revisión en la que se tomarán en cuenta sus antecedentes y una evaluación psicosocial del Inepc; si este parte es favorable, un juez de ejecución de penas remitirá los documentos al juez que profirió la pena para tratar de lograr una pena temporal.

El proceso también incluirá una audiencia pública con las partes implicadas en el caso, entre ellas estará la Físcalía y víctimas que podrán pedir que se practique una serie de pruebas para evaluar el tema.

No obstante, cuando la agresión sexual se produzca contra un menor, la prescripción de la acción penal no será posible y la norma dicta que la cadena perpetua revisable prescribirá en 60 años, los cuales son contados a partir de la imposición de la pena.

El borrador también establece que la pena de prisión perpetua solo será aplicable para la persona que ejecute los hechos con dolo directo; en otras palabras, una persona que esté acusada de tentativa de abuso sexual, homicidios de niños o que sea cómplices de estos crímenes sufrirán un aumento en las penas, pero no cadena perpetua.

Otro de los puntos importantes es que el proyecto de ley mantiene no ofrece subrogado de prisión domiciliaria o acuerdos y negociaciones con la Fiscalía. Los condenados, por otra parte, deberán tener un plan de resocialización que permita evaluar sus capacidad de reintegro social.

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