miércoles, 24 de marzo de 2021
El senador Miguel Ángel Barreto presentó el articulado que contempla un beneficio de hasta 20 salarios mínimos para los trabajadores
Un nuevo proyecto de ley llegó a las instalaciones del Congreso y esta vez el objetivo es beneficiar a los trabajadores del sector salud. La propuesta, que fue radicada por el senador Miguel Ángel Barreto, plantea un bono pensional de entre dos y 20 salarios mínimos a quienes han estado en la primera línea de atención médica de pacientes con covid-19 entre el 6 de marzo de 2020 y el 6 de marzo de 2022.
Vea el articulado adjunto al final de la nota
Según la iniciativa, esto incluye a camilleros, conductores, auxiliares, enfermeras, médicos y otro personal (como vigilantes) que acrediten su trabajo sanitario durante la pandemia, será radicada en la Secretaría General de la Cámara de Representantes.
El articulado, que se someterá a la discusión y evaluación de los congresistas, plantea la creación del “Fondo Especial para la Pensión en favor de los Médicos, Personal de Enfermería, Talento Humano, personal de ambulancias, de aseo y administrativo de IPS que trabajan en primera línea contra el covid-19, que se conocerá como Fepmeda.
“Por cada médico, personal de enfermería, de talento humano, personal de ambulancias, de aseo y administrativo de IPS que reúna los requisitos exigidos en la presente ley, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 6 meses siguientes a la certificación expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, deberá aportar al Fondo el monto que se defina en la reglamentación, que bajo ninguna circunstancia podrá ser superior a 20 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes ni inferior a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y que será constitutivo del bono pensional como aporte destinado para contribuir a la conformación del capital necesario para financiar a los afiliados del sistema general de pensiones (régimen de prima media con prestación definida y régimen de ahorro individual)”.
El senador explicó que la función de ese fondo es la de integrar o aumentar el capital de la cuenta de ahorro individual, con el que se financiará la pensión del médico o personal de enfermería afiliado. “El MinSalud será el encargado de acreditar al personal que ha trabajado en la primera línea de atención y determinar quién es elegible para acceder al bono pensional, con recursos del MinHacienda”.
La norma establece un parágrafo en su artículo 2 donde dice que será el Gobierno Nacional el que reglamentará la administración y funcionamiento del fondo (Fepmeda).
Y se hace una aclaración: "El bono pensional es sustituible y transmisible por causa de muerte. En caso de fallecimiento del beneficiario, los recursos del mismo, junto con sus rendimientos, pasarán a sus herederos o sus propios beneficiarios".