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Actualidad

RCN y Caracol deberán permitir a los cableoperadores retransmitir su señal en HD

31 de marzo de 2017

Juan Pablo Vega B.


Reuters
Canal de noticias de Asuntos Legales

En la decisión, el tribunal sentenció que estos canales deberán entregar su señal, tanto análoga como HD a los operadores (Telmex, Colombia Telecomunicaciones, Directv Colombia, ETB y UNE/EPM), sin contar con una autorización previa de los canales.

De forma paralela, RCN y Caracol expidieron comunicados aceptando la decisión del tribunal, aunque manifestaron cada uno que acudirán a instancias superiores contra el fallo del tribunal.

En el caso de RCN, señaló que “respeta la decisión del Tribunal Superior de Bogotá y procederá de conformidad”.

“Sin embargo, considera que esta decisión desconoce normas supranacionales y tratados internacionales suscritos y adoptados por Colombia sobre derechos de autor y derechos conexos; no adopta la interpretación prejudicial del Tribunal Andino de Justicia de obligatoria aplicación y no acoge los conceptos de la Dirección Nacional del Derecho de Autor”, completó en un comunicado.

En este sentido, este canal anunció que “acudirá a las instancias nacionales e internacionales para reivindicar los derechos que como organismo de radiodifusión le corresponden, protegidos tanto por la normatividad nacional como la supranacional y que el Tribunal desconoció con su fallo”.

El año pasado, en primera instancia, la SIC, al igual que en junio de 2014, cuando comenzó el pleito, le dio la razón a Caracol TV y RCN TV y le ordenó a Claro, Telefónica, DirecTV, ETB y Une abstenerse de retransmitir sus señales, sin previa autorización.

En su momento, la SuperIndustria se amparó en la calidad de organismos de radiodifusión y en normas internacionales como la Convención de Roma, en comunitarias como la Andina (Decisión 351 de 1993) y nacionales como la Ley 23 de 1981 o Ley de Derechos de Autor. 

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