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Actualidad

Renuncia de Alejandro Ordóñez no invalida fallo

13 de septiembre de 2016

Juliana Ramírez Prado


Canal de noticias de Asuntos Legales

Sin embargo, este hecho no invalida la decisión del Consejo de Estado, en la que se anuló su reelección contemplada en el acta de sesión plenaria del Senado del 27 de noviembre de 2012, pese a que ocho días después de ser informado a la opinión pública no había sido notificado formalmente por ajustes y demoras en las firmas de dos magistrados.

Solo cuando Ordóñez decidió apartarse voluntariamente del Ministerio del Público, el alto tribunal le metió acelerador a su notificación y la hizo efectiva minutos después.

De acuerdo con Hernán Olano, director del Departamento de Humanidades de la Universidad de La Sabana, la renuncia de Ordóñez no invalida el fallo emitido por el Consejo de Estado, “lo que seguramente quiere,  es iniciar un debate político en el seno de la Cámara Alta”, dijo Olano. Y agregó, que se hizo con el propósito de que los senadores adeptos a él, eventualmente algunos de los conservadores y del Centro Democrático, inicien un debate que va a dar lugar a que se acuse a los magistrados que votaron por su salida. “Seguramente habrá un proceso similar al de la salida de Jorge Pretelt; entonces, esta maniobra, tiene una connotación de juego político anterior a un proceso electoral atípico como es el del plebiscito”, enfatizó el constitucionalista. Aunque debe precisarse que aún no se define si inscribirá un comité por el no.  Por su parte, Juan Manuel Charria, constitucionalista de la Universidad Javeriana, aclaró que con la renuncia, la viceprocuradora Martha Isabel Castañeda asume la interinidad, “Ordóñez renunció porque quiere hablar de cosas que no puede hacer como Procurador”, dijo.

Las tres nulidades

El proceso que llegó al Consejo de Estado inició en 2012 cuando Carlos Mario Isaza,  Rodrigo Uprimny   y  otros 10 ciudadanos, interpusieron demanda de nulidad electoral contra el acto de elección contenido en el Acta número 33 del 27 de noviembre de 2012.  Las tres nulidades que exponía la ponencia de la magistrada del Consejo de Estado Rocío Araujo, que contó con 14 votos a favor son: no existe la figura de la reelección en la Constitución para el cargo de Procurador. También, que no hubo una terna en el proceso, ya que María Mercedes López renunció a la misma, por lo que solo quedaron Ordóñez y Orlando Gallo, y algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (Jorge Mauricio Burgos Ruiz, Javier Zapata y Ruth Marina Díaz) que tenían familiares en la Procuraduría, lo que quiere decir que debían declararse impedidos.

Las opiniones

Hernán Olano
Constitucionalista de la Universidad de la Sabana
“La renuncia de Alejandro Ordóñez se traduce en un juego político para iniciar un debate en el Senado de la República en medio de un proceso electoral atípico como es el plebiscito por la paz”.

Juan Manuel Charria
Constitucionalista de la Universidad Javeriana
“La renuncia de Alejandro Ordóñez debe ser aceptada por el Senado de la República, quien fue quien lo eligió. Por ahora, la viceprocuradora Martha Isabel Castañeda asume el cargo”.

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