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Legislación

Sala Plena de la Corte Constitucional sesiona para definir el futuro de la pensional

Aunque no se conoce el fallo definitivo, se rumora que el tribunal aplazaría unas semanas su discusión para continuar estudiando el caso

13 de agosto de 2026

Mateo Medina Ariza


Sala Plena de la Corte Constitucional
Colprensa
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La Sala Plena de la Corte Constitucional inició a las 9:00 a. m. de este jueves la sesión en la que está previsto discutir el futuro de la reforma pensional. Aunque no existe una decisión de fondo, se contempla la posibilidad de que la discusión del proyecto quede aplazada por algunas semanas.

Aunque no hya un fallo definitivo, varios analistas apuntan a que la ponencia que estudia el tribunal propondría devolver el poryecto al Congreso por problemas relacionados con la subsanación de los vicios de trámite identificados previamente.

Algunos sectores han alertado por que esta decisión pone en vilo la entrada en vigor del proyecto, y reversaría procesos que han adelantado diversos agentes del sector pensional para ponerse al día una vez la reforma se convierta en ley.

Por ejemplo, la firma Integral Soluciones Pensionales, ISP, advirtió que permitir una segunda subsanación del mismo vicio de procedimiento podría generar un precedente relevante para el derecho constitucional colombiano.

“La Constitución permite subsanar vicios de procedimiento en la formación de las leyes. Lo que resulta profundamente preocupante es convertir esa figura excepcional en una sucesión de oportunidades hasta que el Congreso logre corregir adecuadamente un mismo vicio”, señaló ISP en un comunicado.

La firma recordó que la Corte ya había identificado un defecto durante el procedimiento legislativo de la Ley 2381 de 2024 y consideró que este podía ser subsanado, razón por la cual devolvió el expediente al Congreso.

“La figura de la subsanación tiene como finalidad excepcional preservar, cuando constitucionalmente sea posible, el trabajo adelantado por el Congreso. Pero esa facultad no puede convertirse en un mecanismo mediante el cual el procedimiento de formación de la ley pueda repetirse sucesivamente hasta que finalmente se haga correctamente. Desde ISP consideramos que una interpretación semejante puede debilitar gravemente la fuerza normativa de las reglas constitucionales y legales que disciplinan el procedimiento legislativo, pues no todos los vicios son sujetos de subsanación”, añadieron desde la firma.

Los puntos que marcarían la discusión

Existen varios elementos alrededor de lo que pueda ocurrir con la reforma pensional. El primero es que los magistrados Jorge Enrique Ibáñez y Héctor Carvajal están impedidos para participar en la votación sobre la constitucionalidad de la norma, un elemento que también rodea la discusión que deberá adelantar la Sala Plena.

El segundo se relaciona con la advertencia realizada por ISP. Si la Corte decide devolver la reforma al Congreso, se abriría otra oportunidad para que la Cámara de Representantes tramite el cuarto debate y adelante la deliberación que habría sido omitida. En ese escenario, la Cámara podría aprobar nuevamente la iniciativa o hundirla, según las instrucciones específicas que imparta la Corte para subsanar el vicio.

Si la reforma es aprobada nuevamente, el proyecto regresaría a la Sala para que determine si el defecto fue corregido adecuadamente y continúe con el trámite, lo que extendería los tiempos para conocer el futuro definitivo de la reforma.

El abogado especialista en Derecho Público, David Suárez Tamayo, advirtió que una nueva devolución al Congreso retrasaría significativamente la definición del articulado. Explicó que mientras un fallo de la Corte Constitucional tarda normalmente entre ocho y 10 meses, ya han transcurrido más de dos años desde la aprobación de la reforma pensional sin que exista una definición de fondo.

De concretarse la devolución, según el abogado, el trámite en el Congreso podría tomar entre uno y dos meses. Posteriormente, el articulado regresaría a la Corte para una nueva revisión, lo que extendería aún más los tiempos antes de conocer una decisión definitiva sobre la entrada en vigencia del texto.

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