Servientrega evitó el registro de Masoluciones

Los principales motivos que entraron en discusión, se basaron en la aparente confusión que Masoluciones podría tener con Servientrega Mas Soluciones, el signo previamente registrado por Servientrega S.A.
Debido a la decisión que tomó la Dirección de Signos Distintivos en primera instancia, la empresa solicitante destacó que si se tienen en cuenta los elementos gráficos que constituyen los signos, “salta a la vista que no existe confusión alguna”.
De igual forma, según la sociedad, si se realiza el ejercicio de repetir en varias ocasiones las dos marcas, de forma consecutiva se encontrará que ningún consumidor, al pronunciar alguna de las marcas, terminará refiriéndose a la opuesta, pues los signos se ven tal y como se pronuncian.
Así mismo, Masfinca manifestó que las dos expresiones representan conceptos diferentes. Por eso, para la solicitante conceptualmente tampoco hay lugar a confusión entre los signos, más aun cuando la marca de Servientrega S.A. hace referencia a Servientrega Mas Soluciones.
Ante los argumentos, el despacho del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial declaró que los signos enfrentados cuentan con una estructura gramatical semejante, que las asocia al mismo concepto, sin importar que la marca solicitada se presenta como una sola denominación: Masoluciones. En adición, para la delegatura, tanto el elemento gráfico complementario de la marca solicitada como el término Servientrega en el signo registrado, no logran desvirtuar el riesgo de confusión, y por el contrario, de coexistir en el mercado, los usuarios de servicios de clase 36 podrían creer que los nuevos elementos de Masoluciones son innovaciones de Servientrega Mas Soluciones y por lo tanto, se le atribuirá a la marca solicitada el mismo origen empresarial del signo registrado. De igual forma, que la marca solicitada pretenda identificar servicios que distinguen a la marca registrada como servicios de operaciones y monetarias, entre otras, hacen que compartan la misma finalidad, naturaleza y canales de comercialización, lo que hace que no puedan convivir en el mismo nicho.
Por esto anterior, la SIC, declaró fundada la oposición de Servientrega S.A. y negó el registro de la marca mixta, Masoluciones solicitada por Masfinca S.A.S.
Para Juan Carlos Uribe, socio de Triana, Uribe & Michelsen, la SIC acertó en impedir el registro de la marca porque no tenía nada distintivo. Sin embargo, según Uribe, el razonamiento de la SIC no fue bueno, puesto que una marca Mas Soluciones no puede ser monopolizable por una empresa.
Las opiniones
Juan Carlos Uribe
Socio de Triana, Uribe & Michelsen
“La SIC tomó una buena decisión en impedir que la marca quedara registrada, pero con un mal razonamiento. Ya que Masoluciones no puede ser excluyente de otra empresa diferente de Servientrega”.
Catherine Zea
Abogada de Muñoz Abogados
“Cuando una marca solicitada reproduce parcial o totalmente un signo previamente registrado, la SIC deberá, como en este caso, impedir el registro, pues es evidente el riesgo de confusión para los usuarios”.
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