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Actualidad

Superindustria protegió la marca Hugo Boss

26 de octubre de 2016

Xiomara Mera


La República
Canal de noticias de Asuntos Legales

La contienda inició cuando se dio a conocer que la empresa Importadora y Distribuidora Adlicadam S.A.S. le solicitó a la Superindustria que le concediera el registro del signo London Boss; para identificar prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería.

Para la Alemana esta marca vulneraba su nombre, siendo así que se opuso a la petición argumentando que “el signo solicitado a registro reproduce la marca Boss, por lo que las mismas generan una impresión de conjunto similarmente confundible, además la palabra London no le añade suficiente distintividad a la marca solicitada ya que es el nombre de un lugar que resulta inapropiable”.

Importadora y Distribuidora Adlicadam S.A.S. no respondió ante estos argumentos, así que la Directora de Signos Distintivos, María José Lamus, se tomó la tarea de realizar el análisis de registrabilidad teniendo en cuenta lo expresado por Hugo Boss y las disposiciones de  la decisión 486 de la comisión de la Comunidad Andina.

En la primera parte de dicho estudio la funcionaria tuvo que verificar si en realidad las marcas en conflicto tenían similitudes ortográficas y/o fonéticas; y encontró que “los signos analizados son similarmente confundibles, pues el signo solicitado reproduce íntegramente la partícula Boss de la marca opositora, sin que la adición de la palabra London le brinde la distintividad suficiente para que el consumidor concluya que se trata de dos orígenes empresariales distintos”.

En la segunda parte lo que Lamus analizó fue si los productos amparados por las dos marcas  tenían alguna conexión competitiva, o si los medios por los cuales se publicitan y promocionan guardan alguna relación.

Efectivamente la SIC encontró que “no cabe duda que los productos a distinguir por el signo solicitado son idénticos a los productos que identifica la marca opositora y dado el tipo de establecimientos y la forma en los que se pone a disposición del consumidor los productos, es claro que existe una relación entre los mismos”.

Con base a los resultados del estudió Lamus negó el registro de la marca London Boss.

“En nuestra opinión, la decisión emitida por la SIC es apropiada porque se ajusta a los presupuestos de comparación de marcas y protege los derechos previos sobre la marca registrada por Hugo Boss. También acertó al considerar que la inclusión de una figura de estrella en la marca solicitada no es suficiente para diferenciar los signos”, aseguró Cristina Matiz, asociada de Baker & McKenzie.

Sin embargo, el final del combate no se ha dado, pues Adlicadam aún tiene la oportunidad de ir a un segundo round y apelar la decisión ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.

Antecedentes

La empresa textilera Hugo Boss fue fundada en 1923 por Hugo Ferdinand Boss en Alemania.  Inicialmente se dedicó a la fabricación de ropa de trabajo y en la década de los 30 se encontraba a punto de la quiebra. Con la llegada al poder del ejército Nazi encontró una nueva oportunidad y se encargó de confeccionar sus uniformes; lo que le significaría la quiebra al final de la segunda guerra mundial.

La opinión

Cristina Matiz
Asociada de Baker & McKenzie

“En nuestra opinión, la decisión emitida por la SIC es apropiada porque se ajusta a los presupuestos de comparación de marcas y protege los derechos previos sobre la marca registrada por Hugo Boss”.

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