La República Andrés Barreto González, superintendente de Industria y Comercio.

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  • Adriana Carolina Leal Acosta

miércoles, 30 de octubre de 2019

También fueron sancionados 13 funcionarios y ex funcionarios de las cuatro empresas cartelizadas. La sanción fue de $125.000 millones

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 57600 del 28 de octubre de 2019 dispuso imponer sanciones a las empresas Brinsa y Quimpac, al haber incurrido, durante más de doce años (2002-2014), en un cartel empresarial para repartirse los clientes de cloro, utilizado especialmente por los acueductos del país, que lo requieren para el tratamiento y potabilización del agua.

#ATENCIÓN La @sicsuper como Autoridad Única de Competencia sanciona a cuatro empresas por cartelización en cloro y soda, multas por $125.000 millones: pic.twitter.com/LIHn6uxHVX

— ANDRÉS BARRETO (@andresbarretog) October 30, 2019

La Superindustria dispuso además imponer sanciones a Brinsa, Quimpac, Trichem y Mexichem, por implementar un sistema restrictivo de la competencia en el mercado de soda cáustica en Colombia. Las sanciones impuestas por la Superindustria ascienden a una suma global superior a los $125.000 millones.

También fueron sancionados 13 funcionarios y ex funcionarios de las cuatro empresas cartelizadas por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado las conductas violatorias de la libre competencia económica.

La investigación adelantada por la SIC se inició en 2017 y contó con la colaboración de Brinsa como empresa delatora, quien confesó su participación en las dos conductas sancionadas (cloro y soda cáustica), reconociendo su responsabilidad y colaborando con la investigación sobre la existencia y el funcionamiento del cartel empresarial.

Sin embargo, posteriormente se determinó que Brinsa incumplió las obligaciones adquiridas en el marco del programa de beneficios respecto de la imputación relacionada con el mercado de cloro. En consecuencia, excluyó a dicha empresa de los beneficios acordados provisionalmente y consistentes en una eventual exoneración de 100% del pago de la multa respecto de dicho mercado.

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