Superintendencia de Industria y Comercio protegió notoriedad de la marca Nucita
La solicitud fue presentada por la empresa dominicana Agro Aceitunera, y pretendía registrar Nucete para comercializar productos como bebidas con café, cocoa, chocolate, cereales, entre otros productos de la clasificación 29 y 30 de Niza.
La clasificación de Niza, establecida por el Arreglo de Niza (1957), es una clasificación internacional de productos y servicios que se aplica para el registro de marcas.
Nucita de Colombina está registrada para comercializar productos de la clasificación 29 de Niza, entre ellos: jaleas, mermeladas, compotas, grasas comestibles, leche y productos lácteos.
Según un estudio realizado por la sociedad Ipsos Asi en 2012, Nucita ocupó el cuarto lugar entre las marcas de chocolates más reconocidas por los colombianos. El grado de reconocimiento se mantuvo de manera uniforme entre enero de 2009 y diciembre de 2013, por lo cual fue designada como marca notoria.
A través de la Resolución 37817 de 2015, la Superindustria explicó que “la expresión nucete presente en el signo solicitado como marca por Agro Aceitunera, confunde al consumidor a tal punto que inevitablemente asociaría el signo con Colombina titular de la marca notoria Nucita”.
Al negar el registro de la marca Nucete, la SIC evita que los consumidores caigan en una falsa asociación entre los productos que identifican.
Además, protege el prestigio y renombre que ha logrado Nucita desde el año 2009. Helena Camargo, socia de Posse Herrera Ruiz, explica que “la figura de la marca notoria surge para proteger al titular que ha logrado que su marca adquiera un posicionamiento excepcional en la mente de los consumidores”.
Cuando se logra un reconocimiento, estas marcas tienen una protección especial que rompe el principio de especialidad, el cual respalda la coexistencia de marcas idénticas sin que ellas distingan los mismos productos o servicios, agregó Camargo.
Ante el riesgo de vulneración de la marca notoria Nucita, la Superintendencia de Industria y Comercio declaró fundada la oposición y negó la solicitud de registro de Nucete.
Ante la negación proceden los recursos de ley, ante la entidad y el Consejo de Estado.
José Luis Londoño, superintendente delegado para la Propiedad Industrial, explicó que la decisión de la SIC se fundamenta en virtud del gran reconocimiento que tiene la marca Nucita a partir de su publicidad y en la cantidad de productos que se venden con su marca. Cuando existen marcas notorias, como Nucita, el examen de registrabilidad para futuras solicitudes que identifiquen productos similares es mucho más estricto.
Además, las marcas notorias se protegen frente a semejantes que identifican productos diferentes, pues su coexistencia podría causarle perjuicios al prestigio de la marca notoria o a su valor publicitario, agregó Londoño.
Las opiniones
José luis londoño
Superintendente delegado para la propiedad industrial
“Si hubiera una apelación, tendríamos que revisar nuevamente si la marca es notoria o no, y, si en efecto se darían esas consecuencias en el mercado: que Nucete afectara el valor publicitario de Nucita”.
Helena camargo
Socia de Posse Herrera Ruiz
“Toda marca notoria debería ser capaz de impedir el registro de marcas similares, pues el solo hecho de que sea imitada en marcas de terceros constituye un riesgo de debilitamiento de la capacidad distintiva”.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp