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  • Margarita Coneo Rincón

martes, 2 de febrero de 2021

La empresa se había negado a entregar la información necesaria para el desarrollo de investigaciones que la Supertransporte debía realizar

Superintendencia de Transporte encontró, luego de una investigación administrativa que la empresa Allianz obstaculizó la actividad del ente investigador al negarse injustificadamente a entregar información necesaria de cara al servicio público de transporte terrestre. Por tal motivo la super impuso una sanción de $125.052.000, que está sujeta a los recursos de reposición y apelación.

La Superintendencia de Transporte formuló requerimientos a comienzos del año pasado a la aseguradora Allianz Seguros S.A. para que entregara, entre otros, copias de los contratos suscritos entre la sociedad Uber Colombia S.A.S. o alguna de sus vinculadas para la expedición de pólizas de responsabilidad civil contractual, no contractual y de accidentes personales. Luego de realizar el requerimiento, la empresa se negó sin justificación alguna.

Con la negativa no solo desconoció a la autoridad, sino que además "obstaculizar el acceso a la información que eventualmente puede evidenciar la comisión de conductas sancionables en materia de transporte", impidiendo que el revisor realizara su actividad.

#Comunicado

La #SuperTransporte impone sanción a @Allianz_es por obstaculizar una investigación administrativa.

Más información en ⬇️https://t.co/DmU26es9Ue#ComunicadoDePrensa ⬇️📹 pic.twitter.com/Woa6Wiqzu9

— Supertransporte 🇨🇴 (@Supertransporte) February 2, 2021

El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, recordó que “esta sanción se impone porque las empresas transportadoras no son las únicas que pueden infringir el Régimen de Transporte. Cualquier persona que, en virtud de su actividad, pueda incidir en la correcta prestación del servicio público de transporte, puede ser objeto de investigación y posibles sanciones de esta Superintendencia. Actualmente cursan investigaciones contra empresas de distinta índole, como compañías de seguros, productoras de alimentos, empresas petroleras o de mercadería, por mencionar algunas, que habrían violado el régimen. Hacemos un llamado a todos los empresarios para que revisen con diligencia sus obligaciones frente a la ley de transporte, para que entre todos sigamos fomentando la legalidad en el sector”.

Sobre otro caso

La Supertransporte también informó de otro caso de una aseguradora en el comunicado. Precisó que, mediante las resoluciones 14088 de 2020, 14089 de 2020 y 04 de 2021, se exoneró de responsabilidad a la compañía Mundial de Seguros por un caso sobre precios o tarifas en la revisión técnico-mecánica de los vehículos.

Tras recibir denuncias de la agremiación Acedan, en la que planteban un posible caso de violación de los rangos de precios establecidos para los servicios de revisión técnico-mecánica ofrecidos por Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), el organismo de control confirmó que no se estaba ejecutando la supuesta ilegalidad, donde supuestamente se hacía un convenio con la compañía aseguradora, esta última asumía una parte de la tarifa que finalmente era facturada al usuario en su totalidad.

"Luego de valorar las pruebas, la Supertransporte concluyó que el esquema adoptado no es violatorio de la ley, y particularmente no se vulneró la regulación de precios que existe para la revisión técnico-mecánica, como quiera que el CDA correspondiente recibía el total del valor establecido previamente como tarifa del servicio. Por lo tanto, se exoneró de responsabilidad a los CDA y a la compañía aseguradora. En todo caso, la decisión está sujeta a los recursos de reposición y apelación".

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