
jueves, 2 de julio de 2015
Cabe recordar que la SIC mediante las resoluciones 3703 y 20874 de 2013 sancionó a estas empresas y a sus representantes legales por no haber informado una integración empresarial, teniendo el deber legal de hacerlo.
Una vez ejecutoriada la multa, las empresas y personas naturales sancionadas acudieron al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, solicitando la nulidad de dichas resoluciones. Ante ello, el tribunal dictaminó que efectivamente las empresas se integraron sin tener el visto bueno de la SIC, lo cual constituye una violación al régimen de protección de la competencia.
En el proceso aún queda la segunda instancia ante el Consejo de Estado.