13 de noviembre de 2024
Suscribirse


13 de noviembre de 2024
Suscribirse
Judicial

El Tribunal Superior rebajó la pena del expresidente de Saludcoop, Carlos Palacino

Palacino Antía ideó un plan de negocios para apropiarse de recursos públicos que estaban destinados a la atención de pacientes

08 de noviembre de 2023

Juan Camilo Colorado


Carlos Palacino
Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

El Tribunal Superior de Bogotá rebajó la pena del expresidente de SaludCoop, Carlos Palacino, tras una tasación errónea de la pena y de la multa a pagar. La nueva pena que deberá cumplir Palacino será de nueve años en prisión y una multa de $112.000 millones por haberse apropiado de recursos propios del sector de la salud para incrementar el patrimonio nacional y extranjero de la EPS con cargo a la Unidad de Pago por Capacitación.

El expresidente de la mencionada EPS fue condenado por haber cometido el delito de peculado por apropiación al haber desviado más de $398.000 millones de los parafiscales de la EPS para la implementación de un plan de negocios que desembocaría en la apropiación de dichos dineros, que eran de naturaleza pública y estaban destinados a la atención integral de los pacientes de Saludcoop.

Dicho esto, el alto tribunal modificó los términos de la pena y de la multa que tendrá pagar de la siguiente manera: de 10 años en prisión ahora deberá pasar nueve y, de tener que cumplir con una multa de $296.000 millones a $112.000 millones. Estos dineros serán en favor del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres.

“Como se observa, el fallador invocó dos factores para realizar ese aumento. Sin embargo, en el primero aludió, a su vez, a dos supuestos fácticos. De una parte: la conducta recayó sobre dineros pertenecientes a la salud. Y, de la otra: la apropiación afectó la sostenibilidad del sistema, al punto de llevar a la liquidación de la EPS", se enuncia en el fallo.

La primera de esas dos razones es atinada, pues no se trató solo de que quien ostentaba la función de administrar los fondos de naturaleza pública haya optado por desviarlos para enriquecer las arcas de la persona jurídica, sino que lo hizo en perjuicio de la salud de los usuarios del sistema. En cambio, la segunda no, por cuanto los hechos relacionados con la liquidación no se incluyeron en la acusación, y ello impedía considerarlos para efectos punitivos”, según lo que se aprecia en el fallo.

De la misma manera, Carlos Gustavo Palacino Antía fue inhabilitado para ejercer cargos públicos y suscribir contratos con entidades del Estado.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA