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Actualidad

Yanbal ganó primer round en defensa de marca Espejito Espejito para colonias

17 de mayo de 2013

Andrea del Pilar Mancera


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió negar en primera instancia la marca Espejito Espejito Joyas, para la Clase 14, a una persona natural, que pretende comercializar este tipo de productos en el mercado nacional.

Esto, porque la firma Jafer Limited, que maneja los productos de Yanbal, ya tiene el registro del signo Espejito Espejito by Yanbal, para una colonia para niñas, en la Clase 3 de la Clasificación de Niza.

Según la entidad de vigilancia y control, aunque las marcas en pugna pretenden identificar productos que se encuentran en diferentes clases de nomenclaturas internacionales, están estrechamente relacionados, presentan idénticos canales de comercialización y se promueven mediante los mismos medios de publicidad.

Por lo tanto, de concederse el registro solicitado, se generaría un eminente riesgo de confusión en el cliente. Para la Superindustria, es normal que en el mercado existan almacenes especializados que ofrecen al público tanto artículos de joyería como de belleza, aseo y cuidado personal.

Por eso, aún cuando el signo pretenda amparar otros artículos, el consumidor podría caer en error y pensar que se trata del mismo origen empresarial.

También se hace énfasis en que existe un riesgo de confusión por parte de los clientes en la medida en que los canales de distribución, divulgación o comercialización de estos productos, pueden coincidir generando una situación errónea.

O simplemente, que el signo que se quiere registrar constituye una innovación marcaria de los signos ya registrados, o una nueva línea de productos del empresario titular de tales signos. Según la Superindustria, al aplicar la teoría de la interdependencia, el análisis comparativo de estso debe ser más riguroso. Entonces, a mayor similitud de los nombres, mayor diferenciación debe haber entre los productos, y eso no se da en este caso en específico.

“Un signo susceptible de acarrear riesgo de confusión frente a un signo previamente registrado o solicitado en registro, estará incurso en la causal analizada siendo imposible por tanto, acceder a su registro”, dice la Superintendencia de Industria y Comercio en su actuación resolutiva. Para la SIC, el ordenamiento protege tanto los derechos del titular del signo previamente registrado, como los derechos de los consumidores a escoger libremente y sin distorsiones los productos y servicios ofrecidos en el mercado.

Cuando se hace la comparación entre la marca solicitada Espejito Espejito Joyas, y la registrada Espejito Espejito by Yanbal, se establece que deben ser observados en conjunto y con la totalidad de los elementos que la integran, sin descomponer su unidad fonética y gráfica, teniendo en cuenta la totalidad de las sílabas y letras que conforman los vocablos de las marcas en pugna.

Por lo tanto, el juez consultante debe tener en cuenta que se considerarán semejantes las marcas comparadas cuando la sílaba tónica ocupa la misma posición y es idéntica o muy difícil de distinguir. También si la sucesión de las vocales en el mismo orden habla a favor de la semejanza de las marcas comparadas porque asume una importancia decisiva.

ANTECEDENTES
La marca de Yanbal está registrada en la Clase 3 de la Clasificación Internacional de Niza. Esto es para perfumes, fragancias de uso personal, aguas de colonia, aguas de perfume, aguas de tocador, aceites escenciales, cremas, geles y lociones cosméticas para la piel, jabones de limpieza facial, desodorantes de uso personal, maquillaje, entre otros. La marca solicitada pretende amparar la fabricación y comercialización de partes y piezas de joyas o de artículos de orfebrería, en la clase 14.

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