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martes, 14 de junio de 2016

La mencionada resolución fue expedida con el fin de que la gestión de las CAR, estén orientadas a obtener resultados que mejoren las condiciones ambientales de su jurisdicción y que contribuyan al logro de los objetivos de desarrollo sostenible. Por lo tanto se derogaron las resoluciones 643 de 2004 y 964 de 2007, con el fin de actualizar los nuevos indicadores.

Según la nueva resolución, las CAR deben implementar los indicadores mínimos aplicando los lineamientos establecidos por el Mads y el Ideam, por medio de los instrumentos diseñados para normalizar la  generación, administración, resguardo, flujo, intercambio y publicación de la información ambiental en el país, por medio de tres tipos de indicadores. Desarrollo sostenible, ambientales y de gestión. 

Los indicadores de desarrollo sostenible, buscan mediar el impacto de la gestión ambiental en términos de consolidar las acciones para la conservación del patrimonio cultural, disminuir el riesgo de desabastecimiento de agua, optimizar y racionalizar el consumo de recursos naturales, reducir los efectos en la salud, entre otros. Por su parte, los indicadores ambientales, están orientados a monitorear los cambios en la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables y la presión que se ejerce sobre ellos, como resultado del uso y aprovechamiento.  

Finalmente, los indicadores de gestión, están orientados a medir el avance y cumplimiento del Plan de Acción Cuatrienal de las CAR, los cuales hasta ahora están siendo aprobados en las Corporaciones para el periodo 2016-2019. 

La nueva directriz estableció que los indicadores mínimos, son de obligatorio reporte y en los casos de que los mismos no se puedan aplicar por las especificidades ambientales regionales, el Director General de la respectiva CAR deberá presentar una justificación ante el Consejo Directivo, el cual decidirá la procedencia o no de aplicar el indicador. A su vez, cuando las limitaciones en la aplicación de estos, sean por disponibilidad de información, la CAR deberá diseñar y ejecutar una agenda de implementación para su aplicación. 

Lo anterior, garantiza que la información ambiental del departamento sea consolidada, y actualizada para determinar el estado en que se encuentran sus recursos naturales y adicionalmente, con el reporte de los indicadores de gestión, el Mads entrará a evaluar si efectivamente las CAR están dando cumplimiento a los objetivos planteados en los Planes de Acción Cuatrienal aprobados. 

Para consolidar la información, las CAR deberán presentar el reporte de los indicadores mínimos de gestión, con el informe anual del avance en la ejecución del Plan de Acción Cuatrienal, que deberá ser enviado por el director de la corporación, al ministerio. 

Lo anterior no solo permite consolidar los datos obtenidos, sino que además ayuda en la construcción de un sistema de información más completo y claro, que sea útil para el Estado y para los particulares que deseen desarrollar actividades industriales, pues permite determinar donde pueden ejecutarse proyectos, sin que se vea comprometida su continuidad, por cambios normativos que quebrantan la seguridad jurídica que debe brindar el país.