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OPINIÓN

Los fallos ambientales del Consejo de Estado

15 de julio de 2014

Ana María Castro

& Abogados Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Recientemente, el Consejo de Estado declaró nulo el Decreto Distrital 1015 de 2000, que incorporaba a uso urbano un área ubicada en la Reserva Forestal Protectora de los Cerros Orientales de Bogotá, por no haberse realizado sustracción del área. A juicio del Alto Tribunal “toda intervención en el área de las reservas forestales de carácter nacional, como lo es en efecto para el caso el área de Reserva Forestal Protectora de los Cerros Orientales de Bogotá, está condicionada por mandato de la ley a su previa alinderación y sustracción por parte del Ministerio del Medio Ambiente”, pues el CNR en concordancia con la Ley 99 de 1993, son absolutamente categóricos en determinar que cualquier actividad económica que implique remoción de bosques o cualquier actividad distinta del aprovechamiento racional de los mismos, deberá ser previamente sustraída del área de reserva por parte del mencionado Mads. 

Otro histórico fallo fue el pronunciamiento para salvar el río Bogotá, en esta ocasión el Consejo de Estado ratificó la sentencia del Tribunal Superior de Cundinamarca, que había ordenado el inicio inmediato de la descontaminación de la cuenca, pero amplió con ordenes específicas sobre las entidades territoriales, (i) el giro de los recursos, ordenando a 19 entidades girar $6 billones para ejecutar las obras de ingeniería tendientes a descontaminar el río y (ii) los plazos para cumplir las tareas impuestas, ordenando que en un periodo de 9 meses se modificaran los parámetros en los que se fijan las tasas retributivas y compensatorias que deben pagar las empresas por la utilización de las aguas. 

Además de las anteriores medidas, el Consejo de Estado ordenó obras inmediatas para la recolección de aguas con vertimientos industriales, domésticos y agrícolas, la reducción de la contaminación de las curtiembres del norte de Cundinamarca y del sur de Bogotá, y dio la orden perentoria de realizar el censo sobre las comunidades y empresas que afectan el cauce del río. Quedaron en la mira las siembras de papa, las actividades mineras y la construcción de vivienda en las cercanías del río.  Las inconformidades frente al mencionado fallo no se hicieron esperar, en la Agenda Ciudadana Fiscal Participativa, sobre la gestión del río Bogotá, llevada a cabo del 27 de mayo al 6 de junio, en diferentes municipios de Cundinamarca, veedurías, comunidades y administraciones municipales, de los tramos de la cuenca del río Bogotá, expresaron a la Contraloría sus preocupaciones, e inconvenientes para cumplir la sentencia del Consejo de Estado. 

Entre los problemas de mayor importancia esta la reubicación de predios que están en la ronda del río, al ser propiedades que pagan impuesto predial, y la obligación de tener un registro actualizado de los pasivos correspondientes a su zona, a lo cual las administraciones indicaron no poseer los instrumentos apropiados para tal fin. Otra dificultad que se espera sea aclarada es el caso específico de las curtiembres de Villapinzón, que con la sentencia deben trasladarse a una zona admitida por la CAR. Las asociaciones de curtidores manifestaron su descontento, argumentando que fue la misma autoridad ambiental la que les enseño a utilizar los químicos para el proceso industrial. 

Existen otros los problemas en el cumplimiento del fallo, pues no se tiene claro que pasará con los permisos ambientales otorgados a las industrias, así como tampoco de donde se van a obtener los recursos por parte de los entes territoriales que garanticen la recuperación del río. A su vez el fallo dejo sin regular varias actividades que se realizan en zonas aledañas a éste, sin que hasta el momento se tenga certeza de su continuidad.

Al parecer el Alto tribunal no tuvo en cuenta todos los factores determinantes para la protección y recuperación del cuerpo hídrico. Sin embargo, el Secretario Distrital de Ambiente, asegura que el fallo provee soluciones a todos los problemas y tiene mas virtudes que dificultades. Se espera entonces que, se logre concientizar a la población sobre la importancia de descontaminar el río, que se reubiquen las industrias cercanas al cuerpo hídrico sin que se vean afectadas, y que el fallo del Consejo de Estado, no se convierta en uno de aquellos de imposible cumplimiento. 

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