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OPINIÓN

Economía digital y los nuevos retos de la tributación internacional

04 de marzo de 2021

Canal de noticias de Asuntos Legales

La digitalización de la economía plantea grandes desafíos de carácter económico, regulatorio, social, estructural y sin duda fiscales y tributarios, que si bien han sido abordados en los últimos meses desde diferentes latitudes y escenarios como un tema de carácter prioritario, en muchos casos no se alcanza a dimensionar el impacto que a corto plazo esta transformación va a generar, por ejemplo en el caso de la tributación internacional y la pérdida de vigencia de conceptos tradicionales impositivos basados en el origen de la renta (Fuente) o en el criterio de destino de la renta (Residencia).

El rápido avance de la economía digital impone desafíos fiscales novedosos, en razón de que conceptos tradicionales impositivos basados en la presencia física dejan de tener relevancia y pasan a tomarla otras nociones, tales como las de los territorios de consumo o mercado o la utilización de datos por parte de los usuarios.

Desde hace varios años la distribución de utilidades de los grupos multinacionales entre distintas jurisdicciones se encuentra en el foco del debate, ante lo cual la Ocde (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) intenta incorporar nuevos principios que deben ser comprendidos y compartidos por los distintos países, para que puedan aplicarse consensuadamente. La Ocde por medio del proyecto Beps (Base Erosion and Profit Shifting) y sus acciones sobre la economía digital, impulsa la idea de tributar en la jurisdicción donde se genera valor aun cuando no haya presencia física, asunto de especial relevancia en materia de precios de transferencia, respecto a los activos intangibles.

La propuesta actual de la Ocde deja de lado la presencia física del establecimiento y presta atención en las ventas o ingresos que se generan en cada mercado. Los nuevos modelos de negocios, basados en economía digital, no siempre requieren de presencia física para desarrollarse en un país, existiendo empresas que interactúan con sus clientes, usuarios o consumidores a distancia, sin tener presencia física o de explotación económica significativa en tal país. De esta forma, la propuesta intenta asignar la renta al lugar de su consumo, permitiendo capturar la renta en aquellos países en los cuales no existe presencia física del contribuyente, pero sí un mercado que consume sus servicios o productos digitales y genera valor. La propuesta prevé que todo negocio multinacional debe remunerar las funciones, activos y riesgos en la jurisdicción en la que se producen y, una vez determinada esa remuneración, la utilidad remanente, la cual exceda de un importe “rutinario”, debería ser reasignada a las distintas jurisdicciones donde se sitúan los mercados.

Este cambio en el esquema de tributación, inicialmente para empresas de economía digital, se espera aplique en el corto plazo, incluso varios países han tomado medidas unilaterales para gravar estas rentas. No será más allá del 2022 que estemos ante un esquema tributario enfocado en la generación de valor donde lo relevante sean variables como ubicación, número o consumo de datos de los usuarios en un territorio ¿Estamos preparados?

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