11 de diciembre de 2024
Suscribirse


11 de diciembre de 2024
Suscribirse
OPINIÓN

Jugadores de la Selección

21 de noviembre de 2015

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Supongamos que se trata de un experto en perforaciones petroleras que durante este período deberá permanecer en un campamento en la mitad de la selva, en este caso nadie dudaría de la existencia de una relación de trabajo. 

Si, por el contrario, se habla de un jugador de fútbol llamado a representar a Colombia en la Copa América parecería que esta situación no es tan clara o por lo menos esta teoría es la adoptada  por las asociaciones nacionales de la región. Se afirma que el dinero entregado no es a título de salario, sino de viáticos y que al faltar este  elemento esencial del contrato de trabajo, sencillamente no hay contrato de trabajo.

El principio laboral de la primacía de la realidad sobre las formas, permitiría afirmar que, a pesar del nombre que la Federación le da a estas sumas, la relación entre jugadores y Federación es indudablemente un contrato de trabajo.

Ya en varias ocasiones la Corte Suprema de Justicia, sala de casación laboral ha estudiado situaciones similares; en una demanda del jugador Jorge Agudelo contra el Once Caldas, el equipo, con un argumento similar indicó que el salario era prácticamente el mínimo y que el resto se trataba de “gastos de representación” con un argumento adicional del presidente del equipo de Manizales y es que tal era la costumbre (contra ley) en el fútbol. El fallo recalcó el carácter salarial de tal remuneración, recordó el principio de la realidad sobre las formas y condenó al Once Caldas en una importante suma. 

En otras decisiones las altas cortes han ignorado la denominada “especificidad” del fútbol y por ejemplo han ordenado a varios clubes a renovar contratos de trabajo de jugadores lesionados en virtud del principio de estabilidad reforzada que estas personas tienen y que el fútbol no puede estar ajeno. Es indudable que el fútbol es una actividad bien diferente a cualquiera otra, que la relación club jugador, club federación y jugador federación en algunos casos desborda el ámbito laboral y que los principios generales del derecho en algunos casos se ven desdibujados, pero no existe legislación específica para esta y por lo tanto los particulares y sobre todo los jueces deben ceñirse a la ley vigente. 

La carga de los clubes es excesiva frente a la participación de sus jugadores en las selecciones, asumen todos los riesgos y no reciben remuneración alguna por lo que en algún momento intentarán trasladar los riesgos a las Federaciones.

Imaginemos por un momento una lesión complicada de un jugador, seguramente los riesgos, gastos médicos y salarios deberán ser cancelados por el club que lo contrata, pero nada obsta para que el jugador acuda a la justicia laboral a reclamar en contra de la Federación y seguramente los jueces le fallarán a favor. Existe la posibilidad de que algunos futbolistas jueguen en la selección sin tener vínculo alguno con un equipo profesional, situación aún más complicada para la Federación. 

Apareció un informe de transparencia internacional sobre el fútbol que recomiendo leer para tener idea de lo que está ocurriendo con este delicioso deporte.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA