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lunes, 30 de julio de 2018

Las cláusulas de rescisión, en Colombia y en algunos jugadores en otros lados, son un canto a la insensatez, trabajadores que reciben como salario menos de $1 millón deberían cancelar a su club para poder terminar su contrato en algunos casos hasta US$5 millones. Un ejercicio de sumas y restas indica que un futbolista que se gane $1 millón debería trabajar más de trescientos años para, sin gastar un solo peso y sin descuentos de ley, pagar la cláusula de recisión del contrato de trabajo. Sin entrar a analizar la validez o no de estos acuerdos mirados desde la óptica del derecho del trabajo es bueno hacer algunas reflexiones sobre esta práctica y empiezo por comentar la transferencia del jugador Cristiano Ronaldo del Real Madrid a la Juventus de Turín.

En España estas cláusulas están permitidas expresamente por ley y en el caso del jugador portugués estaba fijada en 1.000 millones de euros, sin ser tan desproporcionada como la de nuestros jugadores, el mismo cálculo indica que el jugador debería producir su sueldo anual durante algo más de 25 años para cubrir esta suma.

Al final el negocio Juve, Madrid, CR7 se cerró, sensatamente, en algo más de 100 millones de euros, una décima parte de lo que en el contrato se tasaba como perjuicios para el club por el retiro del jugador, que en estricto sentido lo debe pagar el jugador. Estas cláusulas, tal como lo muestra esta negociación, no son estáticas, se trata de un inicio de las negociaciones que en el fútbol son complejas; fijan una cifra de partida que tiende a la baja. Pocos serán los clubes como el PSG que de un solo plumazo pagan 222 millones de euros. En otra columna analizaré estos acuerdos.

Varios temas al respecto. El primero es el carácter abusivo de estos pactos, en la mayoría de los casos no se trata de fijar por anticipado los perjuicios del retiro del jugador sino simplemente de evitar que el jugador pueda buscar otro club. En varios países la justicia ordinaria ha tumbado estas cláusulas, no por su validez sino por el monto, abiertamente abusivo, en una relación empleador-trabajador. Con el asunto de Neymar, cada vez se fijarán sumas imposibles de pagar para volver a la situación previa a Bosman donde los jugadores no podían retirarse de un club. El segundo es el poco interés que los jugadores y sus agentes hacen, al momento de firmar los contratos de trabajo, de estas sumas. He hablado con jugadores que consideran que, para su ego creo yo, una cláusula baja no es admitida. La tercera, ya de manera local, a pesar de las órdenes de la Corte Constitucional en las últimas sentencias de tutela, la pasividad de Coldeportes sobre este tema. No me parecen útiles estos acuerdos y no los recomiendo, pero no creo que sean abiertamente ilegales, lo que sí me parece increíble son los montos que ya indiqué.

Recibí el pasado jueves una noticia de la Ugpp que sancionó al Atlético Bucaramanga por doble contratación con sus jugadores una con un salario mínimo como remuneración y la otra, en efectivo. Esto se hace por una parte para defraudar al jugador que en cualquier momento deja de recibir lo pactado y recibido en efectivo y lógicamente para reducir pagas de seguridad social y parafiscales. Siguen quedando varios clubes que buscan por todos los medios hacer maromas para incumplir la ley, hecho que no tiene presentación. Mas cuando se puede, con contratos de trabajo hechos a la medida para jugadores profesionales reducir de alguna forma los costos laborales sin defraudar ni al estado ni a los jugadores.