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OPINIÓN

La discapacidad y el covid-19

12 de mayo de 2020

Carlos Parra Dussan

Director General INCI
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, establece que se adoptarán todas las medidas posibles para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad, en particular en situación de emergencias humanitarias, como es el covid-19.

Es claro que este artículo se aplica a la actual pandemia del covid-19, requiriendo del Estado colombiano una mayor protección a las personas con discapacidad, por encontrarse en una situación de riesgo según la Convención de Naciones Unidas.

De acuerdo a cifras del Dane para 2019, en Colombia la población con discapacidad es de 3.065.361 personas, 7,1% de los colombianos, que según el artículo 11 de la Ley 1751 de 2015, son sujetos de especial protección constitucional.

Desde de que el país declaró la cuarentena con el Decreto 457 del 24 de marzo, por la pandemia que se vive a nivel mundial por covid-19, se hizo énfasis en que uno de los grupos poblacionales de mayor riesgo sería la población con discapacidad.

Por esta razón, el Ministerio de Salud y Protección Social, desde la Oficina de Promoción Social expidió un documento especializado para la atención en discapacidad llamado: “Lineamientos de prevención del contagio por covid-19 y atención en salud para las personas con discapacidad, sus familias, las personas cuidadoras y actores del sector salud”.

Afortunadamente el Instituto Nacional para Ciegos (Inci) ha recogido las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para prevenir el coronavirus, así como las medidas brindadas por el Ministerio de Salud y las ha transformado a braille y documentos con audio para los ciegos, garantizándoles el acceso a la información.

Incluso a las personas con discapacidad visual también las ha afectado especialmente, pues les recomiendan mayor lavado de manos por estar más expuestos por el uso del tacto, no guiarse del brazo ya que es la zona para estornudar, tener en cuenta las enfermedades de base asociadas a la discapacidad y recomiendan desinfectar el bastón y lavar las patas de los perros guía.

Ahora saliendo de la cuarentena, es necesario que las empresas y entidades incorporen las recomendaciones específicas a las personas con discapacidad en los protocolos de bioseguridad de la Resolución 666 del Ministerio de Salud para realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus covid-19.

Por esta razón, recomendamos que se tenga en cuenta en los protocolos de bioseguridad los siguientes aspectos: en primer lugar señalar recomendaciones específicas para la población con discapacidad, en segundo término evaluar las enfermedades de base de esta población, en tercer lugar valorar el riesgo que tienen las personas con discapacidad en el desplazamiento al sitio del trabajo, en cuarto punto apoyarse en la ARL en valoración del riesgo de las personas con discapacidad y en quinto lugar promover ante los trabajadores y contratistas con discapacidad el uso de la aplicación CoronApp para registrar su estado de salud.

Por último, es muy importante tener los protocolos de bioseguridad en braille y otros formatos accesibles, para que la persona con discapacidad pueda cumplir sus indicaciones durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe.

En conclusión, esperamos que así como se han hecho recomendaciones específicas a la población con discapacidad para prevenir el covid-19, ahora saliendo de la cuarentena, se adopten protocolos con medidas especiales para esta población.

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