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OPINIÓN

La prima y el covid-19

01 de julio de 2020

Claudia Silva

Jefe del área de nómina de Carrero & Asociados
Canal de noticias de Asuntos Legales

A puertas de realizar el pago de la prima legal correspondiente al primer semestre de 2020, siguen los interrogantes para los empresarios y los empleados, teniendo en cuenta las disposiciones que trajo consigo el decreto 770 de 2020, en el cual se abre la puerta al pago de prima en cuotas y el abono de un subsidio a las empresas afectadas, por un valor de $220.000, que cobija a los trabajadores registrados en el Pila.

Dentro de los requisitos para acceder a esta ayuda económica, es que se debe destinar para las personas que ganen entre un salario mínimo legal vigente y $1 millones, y que además estén registrados en la Pila.

Según anunció el Gobierno, este subsidio será desembolsado a partir julio de 2020, lo cual le da un respiro a las empresas o industrias afectadas por la emergencia sanitaria y económica que está viviendo el país actualmente.
En cuanto al número de las cuotas en el que se hará el pago de la prima, hay que advertir que debe realizarse de común acuerdo con el trabajador. De esta forma, se pactará la distribución del pago en máximo tres cuotas, las cuales tendrán como fecha límite de pago el 20 de diciembre de 2020.

En el caso de las industrias que no se han visto afectadas y que por el contrario sus operaciones no solo siguen en normalidad, sino que han tenido un crecimiento importante en el mercado actual, no da sentido aplicar esta medida.

El cálculo del valor de la prima legal en su forma, no tiene ninguna variación, por lo que la base se calcula de la siguiente manera, de acuerdo a la legislación actual:
• Salario Fijo: El valor del salario básico en el momento de liquidar la prima + el auxilio de transporte legal o el recién adoptado subsidio a la conectividad. Si el empleado presentó cambio de salario en este periodo, lo que se hace es promediar el ingreso en el total de meses (6).
• Salario Variable: Se promedia el total de los ingresos salariales del periodo y se suma el auxilio de transporte legal o de conectividad.

El auxilio de transporte quedó fijado para este año en $102.854 y, hace un par de semanas, el Ministerio de las TIC reglamentó que este subsidio deberá pagarse a los empleados para ayudar en el pago de los servicios de internet, aunque ambas ayudas no son acumulables.

Frente a los trabajadores que presentaron suspensión temporal de contratos o licencias no remuneradas, estos días de suspensión no afectaran el cálculo de su prima en el número de días calculados, pero en el caso de los salarios variables la base si tiende a disminuir, ya que se aplicará el promedio de ingresos del semestre.

Cabe mencionar que el Ministerio del Trabajo indicó que este beneficio solo aplica para las empresas formalmente constituidas y para las personas naturales que tengas a más de tres personas en su nómina.

Así mismo, es importante mencionar que este apoyo del Gobierno a las empresas cobijará a cerca de 4,2 millones de empleados del país, a los que se busca proteger y evitar que el desempleo siga creciendo, luego de las cifras de los últimos meses.

Vale recordar que en diciembre se debe hacer nuevamente el pago de la prima de fin de año.

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