Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

miércoles, 9 de diciembre de 2015

El famoso “para dónde va”, es otro reflejo de infracción de la norma señor Robledo. Si tal como lo menciona, el servicio de Uber es criticable no sólo porque supuestamente es ilegal, sino porque condiciona su prestación al hecho de tener smartphone y tarjeta de crédito, qué opinión le merece aquella frase. 

A todas luces, resulta menos reprochable condicionar un servicio por factores externos y no porque al señor taxista la da pereza ir al otro extremo de la ciudad.  Recuerden señores Sandoval y Robledo que la función del taxista no es escoger o aprobar el destino del pasajero, sino permitir que éste llegue a su punto de arribo.    

En punto de la ilegalidad, vale la pena señalar que en esta discusión los taxistas confunden dos situaciones bien distintas: el cumplimiento de los requisitos de forma y el cumplimiento de los requisitos de fondo o materiales, por llamarlos de alguna forma. Dicho gremio, considera que la ilegalidad sólo se produce por el hecho de no prestar el servicio de acuerdo a ley de transporte público; idea que podría permitir concluir que, por el sólo hecho de obtener un cupo y pagar impuestos, su servicio ya es legal.

No obstante, lo que se niegan a aceptar los prestadores de este servicio es que la ilegalidad no se limita al cumplimiento de estos requisitos. Esta característica va mucho más allá del cumplimiento de unos requisitos formales. Se trata, por demás, del cumplimiento de unos requisitos durante la prestación del servicio y respecto de las condiciones en que  éste se presta. Es decir, calidad en la atención del pasajero, no fraude en el precio de la carrera, disponibilidad del servicio, capacitación del conductor, cumplimiento de normas de tránsito, seguridad del pasajero y la lista sigue. Como dije en líneas pasadas, el cumplimiento de los requisitos formales no excluye la obligación del cumplimiento de los segundos requisitos.

Como están las cosas al día de hoy, se podría decir que los taxis amarillos cumplen con los requisitos de forma y los conductores de Uber con los requisitos de fondo. 

Uber no es más que el reflejo de lo que debería ser la industria de los taxis. Los taxis son el ser y Uber es el deber ser.  Y ahí, en mi concepto, es donde radica el meollo del asunto. No se trata sólo de verificar la legalidad o ilegalidad de tal plataforma, se trata de verificar qué es en lo que debe mejorar el servicio tradicional.

¿Por qué no veo a los señores Robledo y Sandoval asistiendo a debates televisivos y promoviendo reformas a la ley para atacar la ilegalidad en la forma en que se presta el servicio de taxi? ¿Acaso la alteración del taxímetro, la condicionalidad del servicio, el maltrato al cliente no son aspectos aún más reprochables?

No quiero dejar en el tintero el siguiente comentario sobre la ilegalidad. Así como la ilicitud, son conceptos que dependerán del contexto social, cultural e histórico en el que nos encontremos. Es la sociedad, en consenso, quien decide qué está o no permitido y, por ende, qué debe ser sancionable. Hoy, señores Robledo y Sandoval, la sociedad, al menos bogotana, ha aceptado tácitamente otro servicio, el cual ha tenido éxito por el pésimo servicio de los taxistas.