Con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, se introdujeron importantes transformaciones en materia laboral. Por ello, cabe recordar que antes de esta ley la jornada nocturna en Colombia se comprendía entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m., con un recargo aproximado del 35% sobre la hora ordinaria.
Ahora bien, con la entrada en vigencia de la reforma, la jornada nocturna inicia a las 7:00 p. m. y se extiende hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, ampliando así en dos horas el periodo considerado como trabajo nocturno. El recargo sobre la hora ordinaria se mantiene en un 35%.
Este ajuste tiene un impacto directo en las empresas que laboran durante la noche, como las de los sectores de comercio, transporte, salud, vigilancia, hotelería y turismo, lo que implica que grupos de trabajadores reciban una remuneración adicional por realizar más horas bajo la condición de jornada nocturna.
Es importante indicar que, antes de la entrada en vigencia de esta ley, el pago por laborar un domingo o festivo en Colombia correspondía tradicionalmente a un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. No obstante, este esquema cambió a un sistema de incremento gradual, así:
- Desde el 1.º de julio de 2025: recargo del 80 %.
- Desde el 1.º de julio de 2026: recargo del 90 %.
- Desde el 1.º de julio de 2027: recargo del 100 %.
Este esquema aplica a cualquier trabajo efectivamente desarrollado en domingo o festivo y se calcula sobre el valor de la hora ordinaria, además del salario básico que ya deba pagarse por ese día.
En este contexto, resulta fundamental que las empresas proyecten el impacto económico de los nuevos recargos nocturnos, dominicales y festivos, teniendo en cuenta su incremento progresivo hasta el año 2027. La simulación de escenarios financieros permitirá identificar áreas críticas, cargos con mayor afectación y la necesidad de ajustar presupuestos, precios o estrategias operativas para mantener la sostenibilidad del negocio.
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