Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

jueves, 15 de marzo de 2018

Colombia es un país con toda la vocación, potencial, y fuerza para ser un país agroexportador. ¿Son las normas unas herramientas o un obstáculo para este fin?

Ya se ha evidenciado que en el agro, por estar excluidos del IVA algunos de sus productos, genera algunas distorsiones generando ventajas competitivas para los extranjeros sobre los nacionales.

Sin embargo, hay más distorsiones normativas, no necesariamente tributarias, que se resumen a continuación:

Las semillas y sus análisis de riesgo.

Hay tres ejemplos que se quieren mencionar, sin que sean los únicos: las semillas de papa, la cebada y, una que está por volverse un asunto mayor que es el cannabis.

Para importar semillas, el Estado colombiano debe tener análisis de riesgos para la introducción de éstas, y que se materializa en unos términos de referencia que expide el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) para que el importador pueda adelantar su actividad. La normatividad lleva a pensar que la autorización se debe dar por cada semilla, país por país.

En tal sentido, importar una semilla de papa o cebada desde Alemania requiere un análisis de riesgos. Si la semilla es la misma, pero proviene de Chile, por ejemplo, requeriría otro análisis de riesgos.

Otro asunto: el ICA, mediante Resolución 17779 del 19 de diciembre de 2017, se fija una tarifa para este estudio que asciende alrededor de US$3.000 (¿Es legal?). Esto es relevante pues no todas las semillas germinan en Colombia, y los importadores, además del pago del análisis de riesgos, deben invertir en centros de investigación para poder evaluar este aspecto por lo que, de no resultar viable, la inversión puede ser bastante alta.

Y, el cannabis… No hay términos de referencia de ningún país para ninguna semilla… y tener semillas tiene un margen de ilegalidad muy amplio.
Ojalá este país funcionara como Chile, en donde hay una lista de requisitos, sin importar el país, y si se cumplen, es posible la importación. Esto supone una base de datos responsable propiedad del Estado.

Los bioinsumos: el cisne convertido en patito feo.

Todos hablan de la sostenibilidad en la producción, pero, en lo micro, en la operación, son más los obstáculos que las posibilidades.
Las normas equiparan los bioinsumos a los agroquímicos y, sin duda, no son lo mismo. Esta confusión lleva a que, arancelariamente, sean tratadas igual. Más grave aún, cuando se requiera una licencia ambiental, los términos de referencia que expide la Anla se parecen más a los que usan para los químicos que para bioinsumos.

Está en camino una nueva resolución del ICA que regula el tema
Polinizadores.

En el mundo se suelen utilizar abejas o abejorros para polinizar cultivos. Muchos de esos ya habitan el territorio y son nativos. Sin embargo, para poder importarlos (la misma especie), se requiere, nuevamente, de una licencia ambiental que tiene dos fases: una experimental y una comercial. En tiempo, esto supone, al menos, 2 o 3 años.

Nuestra área de práctica en la agroindustria ha identificado e identifica, constantemente, muchísimas distorsiones normativas que surgen, entre otras cosas, del temor o, inclusive, el desconocimiento técnico de las autoridades y, curiosamente, de la sobre regulación o falta de la misma, o hasta de interpretaciones restrictivas e inadecuadas. Por esto, nos preguntamos: ¿Son las normas unas herramientas o un obstáculo para este fin?