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OPINIÓN

¡Fallo de La Haya, inconstitucional!

28 de abril de 2014

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Al igual, en varios escenarios, muchos académicos indicaban la necesidad de acatar el fallo de la Corte Internacional de Justicia, y recomendaban utilizar mecanismos jurídicos para recurrir lo que era irrecurrible, ¡ah, apátridas! Lo más insospechado del asunto eran los intereses oscuros y ocultos que lograron que la decisión saliera adelante, pues se denunció que uno de los motivos del fallo más allá de administrar “justicia” era hacer un meganegocio para el régimen dictatorial de Nicaragua, apoyado, desde luego, por el gobierno de la república popular China, pues las dos naciones son socias en un ambicioso y jugoso proyecto, la construcción de un canal interoceánico valiéndose de Nicaragua y sus inmensas lagunas. 

Hasta ahí todo iría “bien”, pero cuando se trata de pasar por encima de todo un pueblo, pisotear el ordenamiento jurídico de una Nación, no solo es una salvajada, es una evidente declaración de guerra. Después de que en varias ocasiones el jefe de la oposición indicara al gobierno que no podía acatar tal fallo por ser ilegal, luego de varias visitas a la isla dando apoyo a los pescadores raizales y a ciudadanos del común no había claridad del Gobierno en el asunto; a escasas tres horas de conocerse el fallo en un debate informativo, el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, y el suscrito llegamos a varios puntos.

En aquel debate coincidimos de la inaplicabilidad del fallo por razones jurídicas que impedían su aplicación, por ejemplo el desconocimiento del fallo del tratado Esguerra-Barcenas marcaba un argumento demasiado sólido con entidad suficiente para que el fallo que se basó en la equidad fuera nulo de pleno derecho, pues el instrumento jurídico como lo es el tratado fue desconocido y echado a un lado por cuenta de la Corte Internacional de Justicia, pero uno de los argumentos que más énfasis nos mereció entonces era la clara inconstitucionalidad de dicho fallo y porqué no decirlo del mismo tratado.

¿Pero que tratado es entonces inconstitucional? La tesis se basó nada más y nada menos que en la clara inconstitucionalidad del tratado denominado “Pacto de Bogotá”, pues este pacto daba la jurisdicción a la Corte >Internacional de Justicia para resolver conflictos de una buena manera, pero nunca dejó salvedad alguna o limitó su aplicación tratándose de límites territoriales. Vale tener en cuenta que el denominado “Pacto de Bogotá”, que le entrega plena jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia se discutió en el año 48, ya todos sabemos que para ese año se dio inicio a una de las más cruentas olas de violencia que nuestra historia republicana conozca hasta ahora.

Cerca de 20 años después de su discusión, el Estado colombiano aprobó su contenido, es decir, la jurisdicción a La Haya, para entonces no contábamos con un tribunal constitucional y los “juicios” de constitucionalidad de este tipo de tratados los daba el Congreso de la República; los constituyentes del 91 por la cantidad de temas en estudio, muy seguramente no tuvieron el tiempo suficiente para hacer un examen a cada uno de los tratados suscritos, aprobados y ratificados por el Estado de Colombia en su historia republicana, por ello dentro de los artículos transitorios se dio por visto el “Pacto de Bogotá”, pero no su alcance.

Es muy probable que la Corte Constitucional, apelando al principio de la “Supremacía de la Constitución”, declare inexequible el pacto de Bogotá, sencillamente porque el artículo 101 de la constitución señala que solo los límites del territorio podrán ser modificados mediante tratado aprobado por el Congreso, el Gobierno interpuso para ello acción de inconstitucionalidad al pacto de Bogotá, quizás sea la única que le saldrá bien; vale la pena contar que un mes antes a esa acción teníamos confeccionada la misma acción judicial. ¿Nos tienen chuzados?

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