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OPINIÓN

¿Y si nos defendemos de la Superservicios?

21 de mayo de 2022

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE ENERGY

info@oge.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

Las empresas de auditoría externa, las empresas prestadoras de servicios públicos y las empresas que prestan servicios complementarios relacionados con gas combustible y energía eléctrica, tienen derecho a ejercer su defensa frente a las actuaciones administrativas que con fines sancionatorios realiza la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Algunos eventos en los que se puede ejercer defensa son los siguientes.

Mecanismo complementario de la subasta de renovables: La tercera subasta de renovables causó sorpresa en algunos comercializadores de energía eléctrica que recibieron asignaciones forzosas de contratos con precios altos y poco competitivos. Lo anterior, además de reflejar el desconocimiento de principios jurídicos esenciales, llegó con una nota de advertencia, y es que si no se firman esos contratos pueden surgir investigaciones por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Por esta razón, el agente que se encuentre inconforme con la asignación del contrato, y que injustamente resulte involucrado en una investigación sancionatoria, tiene fuertes argumentos jurídicos para ejercer su defensa.

Publicación de procedimientos de la Resolución Creg 080 de 2019: todas las empresas prestadoras de servicios públicos deben publicar en su página web unos procedimientos. Para enviar y acreditar la publicación de esos procedimientos, la Superservicios concedió un plazo, el cual en muchos casos no se logró atender por parte de algunas empresas prestadoras de servicios públicos. Frente a este evento se han identificado circunstancias que desde un adecuado soporte jurídico pueden eximir de responsabilidad o minimizar las consecuencias de una investigación por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Auditoría externa de gestión y resultados: en este punto la defensa la pueden ejercer tanto las empresas de auditorías como las empresas prestadoras de servicios públicos. A las primeras las pueden investigar por no suministrar información y a las segundas por lo mismo y por no acreditar la contratación de una auditoría externa de gestión y resultados. En estos casos los argumentos de defensa a favor de las empresas investigadas tienen como base de defensa unas excepciones consagradas en la misma ley.

Desconexión del servicio de energía: una sanción reciente en este sentido se adoptó contra Transelca por $9.000 millones debido a la desconexión del servicio de energía en cinco departamentos de la región Caribe. Al respecto los argumentos de defensa jurídica para quien resulte en una investigación similar, se construyen a partir de una verdad y es que no es cierto que los servicios públicos de energía o gas deben prestarse de manera constante e ininterrumpidamente.

Atender demanda esencial sin respaldo físico: frente a este tipo de investigaciones lo que observamos es que los argumentos de defensa deben girar alrededor de que el respaldo físico se acredita dependiendo del rol del agente que participar en el mercado.

Para finalizar, en cada escenario existen argumentos jurídicos que pueden exonerar de responsabilidad, reducir una multa y hasta cambiar una multa por una amonestación. Todo dependerá de construir un portafolio de defensa con argumentos técnicos, regulatorios y jurídicos.

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