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viernes, 9 de agosto de 2019

Con el propósito de promover la profundización del mercado de valores, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1351 de 2019, por el cual se modifican ciertas normas aplicables a las operaciones TTVs y a los custodios como agentes de transferencia, se facilita la realización de “Stock Option Plans” y se promueve el uso de medios electrónicos en el mercado de valores. En esta ocasión repasaremos estos dos últimos temas.

Stock Option Plans

Los “stock option plans” son planes que buscan alinear los intereses de los trabajadores con los intereses de la compañía donde trabajan, ofreciendo a los empleados y/o a los miembros de junta directiva la posibilidad de obtener acciones de la compañía o el derecho a adquirir dichas acciones en el futuro, como parte de la compensación por su trabajo. Estos planes son comunes en otros mercados y en compañías multinacionales.

Apenas desde 2016 los stock option plans son una excepción al régimen de oferta pública de valores, de manera que éstos pueden ser ofrecidos a 100 o más empleados y/o a los miembros de junta directiva, sin pasar por el proceso de inscripción de los valores en el Rnve y de autorización previa ante la Superfinanciera. Sin embargo, la excepción al régimen de oferta pública de valores creada en 2016 sólo beneficiaba a las sociedades colombianas cuyas acciones no estuvieran inscritas en el Rnve.

Con el nuevo Decreto la excepción se expande, permitiendo a cualquier sociedad colombiana, su matriz, sus filiales y/o subordinadas domiciliadas en Colombia o en el exterior ofrecer un stock option plan a sus trabajadores y/o miembros de junta directiva sin activar el régimen de oferta pública de valores.

Este cambio rompe una barrera que limitaba el ofrecimiento en Colombia de estos planes de compensación o beneficios por parte de compañías locales y extranjeras, y brinda a empleados y a miembros de junta directiva una mayor posibilidad de ser accionistas de las compañías donde trabajan.

Medios electrónicos en el mercado de valores

El país sigue avanzando favorablemente hacia el diseño de políticas y normas a tono con la era digital. El nuevo Decreto permite que los actores del mercado puedan comunicar ciertas operaciones especiales del mercado de valores a través de versiones electrónicas de diarios amplia circulación, como los avisos de OPAs, de ofertas de democratización, de cancelación de inscripción en el Rnve, convocatorias asambleas de tenedores de valores, entre otros eventos.

Bajo la regulación anterior, dichas comunicaciones sólo podían realizarse a través de tirajes impresos. Aplaudimos la apertura del regulador a las nuevas formas de comunicación, que además reducen costos a los actores del mercado.

Finalmente, si bien la regulación no exige un medio de comunicación específico para formular la oferta pública de valores, es una práctica generalizada que los emisores publiquen el aviso de oferta en ediciones impresas de diarios de amplia circulación. El nuevo Decreto invita también a pensar en avisos de oferta sólo en versiones electrónicas, lo que reducirá costos de acceso al mercado para los emisores, y sin duda asegura el cumplimiento de los criterios para que la oferta sea una oferta pública de valores.