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miércoles, 1 de julio de 2015

La Ley 527 definió el mensaje de datos como “la información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), la internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax”.

Desde entonces se aclaró que cuando se requiera que algo conste por escrito lleve una firma y se presente o se conserve en su forma original. Estos requisitos se cumplen con los mensajes de datos, atendiendo las exigencias establecidas en la Ley 527, en virtud del principio de equivalencia funcional.

No es un cambio menor. De hecho, hay más de 30 leyes en el sistema jurídico colombiano donde se regulan los asuntos concernientes a la información y las comunicaciones, que desde distintos aspectos han venido desarrollando el uso de estos mecanismos para el progreso de muchas actividades.

Llama la atención que la Cámara de Comercio de Bogotá tenga dispuesta una sección en su página de internet donde presente una lista (precaria por cierto) de las “entidades que reciben” sus certificados electrónicos. ¿Cómo es esto? ¿Acaso hay alguien que puede desconocer el valor de estos documentos?

Incluso más llamativo es que los certificados electrónicos de la CCB en todas sus páginas incluya la leyenda que dice: “Este certificado fue generado electrónicamente y cuenta con total validez jurídica, según lo dispuesto en la ley 527 de 1999”. Así debe ser la desconfianza para reafirmar la validez del documento en todas sus páginas.

Estos hechos demuestran el escepticismo y desconocimiento en un sector importante de la población ante los mecanismos electrónicos de pago, contratación y comunicación.

La Ley 527 previendo la desconfianza en estos documentos planteó en su artículo 10 que “(e)n toda actuación administrativa o judicial, no se negará eficacia, validez o fuerza obligatoria y probatoria a todo tipo de información en forma de un mensaje de datos, por el sólo hecho que se trate de un mensaje de datos o en razón de no haber sido presentado en su forma original”.

En la dinámica de los negocios cada vez más empresas y personas utilizan medios electrónicos para realizar pagos a sus proveedores, solicitar certificados a las entidades públicas y privadas, o realizar trámites.

De esta forma la legislación, la práctica comercial y la administración pública avanzan hacia relaciones mediadas por mecanismos electrónicos.

Contrastan con estos avances las instituciones y personas que, fieles a la tradición notarial de nuestro país, desconfían o descartan la validez de los documentos electrónicos.

Le hacen mucho daño al desarrollo del país cuando de entrada se descalifican estos documentos. En estos casos al interesado no le queda de otra que entrar a demostrar que tiene validez su certificado o documento electrónico.

Falta pedagogía para dar a conocer estos avances. Se requiere un cambio de mentalidad que nos permita desprendernos como Nación del subdesarrollo y abrazar los avances en la implementación de las nuevas tecnologías, dejando atrás los formalismos que tanto retrasan y complican los trámites en el país.