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jueves, 18 de febrero de 2021

Con mucha preocupación veo y escucho cómo diariamente personas adultas mayores quedan indefensas ante este inhumano y despiadado sistema, por supuesto, haciendo claridad que la medicina prepagada (MP) se encuentra enmarcada dentro de los planes voluntarios de salud, lo cual no cambia en nada su forma de actuar con las personas que llegan a esta edad.

Nuestros adultos mayores demandan cuidado y más ahora con esta pandemia, situación que poco les importa a estas compañías, pues aumentan sus tarifas base hasta en un 300% al cumplir cierta edad ¿Dónde está la Superintendencia de Salud?

La pensión para 2021 tuvo un reajuste del 1,61% frente a los descabellados aumentos de la medicina prepagada. Mientras aumenta la edad, aumenta desmedidamente el pago, lo cual carece de lógica, pues muchas de estas personas pagaron durante muchos años y ahora que más necesitan del servicio son obligados a aceptar tarifas que superan el doble o triple de lo que venían pagando o en su defecto finalizar su contrato mediante el retiro.

Pareciera que lo importante es vincular a sus planes a personas jóvenes, mediante una pomposa publicidad en redes sociales y atractivas tarifas, y para sus actuales usuarios, los adultos mayores, la regla inversa, desvincularlos con tarifas desmedidas que no podrán pagar, no teniendo en cuenta sus historiales de pago, ni su edad, que es lo que más aterra.

Otra de las estrategias frente a los reclamos es disminuir la tarifa y así mismo disminuir la oportunidad del servicio en cuanto a servicios se refiere (cambio de plan), pareciere que la misión de estas compañías para con nuestros adultos es retirarlos a toda costa de la prestación de los servicios, pues al sustraerse de sus obligaciones menor es el riesgo y más las utilidades generadas durante el tiempo que se pagó y no se utilizó el servicio.

El decreto 780 de 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social) señala que cualquier modificación a un contrato vigente deberá realizarse de común acuerdo entre las partes ¿Quién aceptaría un aumento en una relación contractual que supere en el doble o el triple su tarifa?

Además, este mismo Decreto señala que el reajuste de la tarifa en ningún caso podrá implicar exclusiones. Para este caso en particular, ser adulto mayor, implica un retiro casi inmediato, pues este aumento no es el que se espera. No se desconoce la existencia de ajustes, pero que los mismo rayen con el abuso, es otra cosa, es una cuestión de empatía y equilibrio contractual.

Dónde están los principios en relación con las tarifas de estas empresas, tales como, el principio técnico de equidad económica. Algunas de estas compañías señalan que tienen la libertad de hacer estos aumentos desmedidos ¿hasta dónde opera la libertad tarifaria? ¿está permitida? Pues si así es, también deberían compartir con sus futuros e incautos usuarios (me incluyo) información en relación con que al llegar a cierta edad su tarifa aumentará exponencialmente y opciones no se tendrán. Considero que se debe establecer un mínimo y un máximo porcentual a estas tarifas, y no optar por el factor sorpresa, pero para el bolsillo y las familias.

Los adultos mayores son sujetos especiales protegidos por el ordenamiento jurídico, quien velará por su protección al derecho fundamental a la salud, ¿dónde está la justificación de estos aumentos?

Será que esta situación tiene alguna relación con que estemos clasificados como uno de los países menos favorables para envejecer.