Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

martes, 4 de diciembre de 2018

El pasado 9 de octubre de 2018, el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución 4386 de 2018, creó e implementó el Registro Único de Trabajadores Extranjeros en Colombia (Rutec), como una plataforma para cuantificar, identificar y diagnosticar la inmigración laboral en Colombia.

De esta forma, las empresas tanto públicas como privadas, que vinculen o contraten personal extranjero, tienen la obligación de registrarse en la plataforma (Rutec) y, posteriormente, notificar determinada información sobre la vinculación de los trabajadores extranjeros.

En virtud de esta nueva plataforma, se derivan las siguientes obligaciones para el empleador:

Registro único del empleador en el Rutec: la compañía deberá realizar la inscripción única en la plataforma.

Realizar la inscripción del trabajador extranjero en el Rutec, dentro de los 120 días calendario siguientes a la contratación o vinculación.

Realizar la inscripción en el Rutec para aquellos migrantes que ya se encontraban contratados o vinculados con su empleador (público o privado), dentro de los primeros 120 días a partir del 9 de octubre del año en curso.

Las novedades, tales como la desvinculación del trabajador extranjero, cambios en su actividad económica o cambios de manera permanente en su residencia, se deberán notificar con un plazo no mayor a 30 días calendario, siguientes al hecho.

De acuerdo con lo informado por el Ministerio del Trabajo, la meta de esta nueva herramienta se encuentra dirigida a propender por la supervisión de la situación laboral, las condiciones de trabajo y el cumplimiento de las normas laborales con relación a los trabajadores extranjeros en el país.

Igualmente, mencionó el Ministerio que con este registro se busca combatir las condiciones laborales precarias que actualmente enfrentan algunos migrantes en Colombia, específicamente los venezolanos; según Migración Colombia, para diciembre de 2018 habrá más de un millón de ciudadanos venezolanos en nuestro país y la gran mayoría no tiene condiciones labores dignas. Por ello, se pretende implementar la asignación de un número social a dicha población vulnerable, con el fin de que trabajen de manera formal y se eviten las prácticas abusivas de contratación que se están presentando en la actualidad.

Igualmente, como lo informó el Ministerio, el Gobierno colombiano se encuentra interesado en formular, implementar y evaluar la política en materia de migraciones laborales. De manera tal que, sin descuidar la mano de obra local, también se garanticen los derechos laborales de la población extranjera.

Por ello, y como lo indica dicha resolución, el Ministerio de Trabajo tendrá facultades de inspeccionar, vigilar y controlar las condiciones labores de los extranjeros. De igual forma, podrá sancionar el no cumplimiento de las obligaciones, lo cual acarrearía sanciones económicas al empleador establecidas entre uno (1) y cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, según la gravedad de la infracción.

De esta forma, en la práctica, las empresas que vinculen o contraten personal extranjero deberán no solo cumplir con la obligación migratoria de notificar la vinculación o desvinculación de un extranjero a través de la plataforma Sire de Migración Colombia, sino que también, deberán realizar el ya mencionado reporte ante la plataforma Rutec del Ministerio del Trabajo, teniendo en cuenta los términos y condiciones que establecen cada una de ellas.