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martes, 9 de julio de 2013

Contribuir al financiamiento de las cargas públicas de la nación es una obligación constitucional que recae sobre todos aquellos que cumplan los presupuestos normativos que configuran tales cargas, pero no son pocas las veces en las que los empresarios, sean estos experimentados, sean nuevos o estén planeando serlo, manifiestan su sorpresa cuando se les advierten los múltiples deberes tributarios que tendrán que atender por disposición de la ley.

Y es que no es fácil explicarle a un empresario, actual o en potencia, que la cantidad de declaraciones tributarias que tiene o tendrá que presentar en un momento establecido apremiantemente por la ley asciende a alrededor de cincuenta (50) por año, contando declaraciones de impuestos nacionales y territoriales. Este número intimida al empresario y lo lleva a pensar, no solo en los riesgos y consecuencias que puede acarrear un error en el cumplimiento de estas obligaciones formales, sino también en la carga operativa y el sacrificio de horas productivas, además de recursos económicos, que se necesitan para cumplir con la ley. Lo anterior sin hacer observaciones en el esfuerzo financiero que se hace por concepto del pago de algunos impuestos que implican un gasto que impacta la rentabilidad de las empresas y la competitividad de las mismas frente a empresas que evaden sus obligaciones tributarias, o que por alguna razón legal no tienen que pagarlos.
 
Este escenario complejo en materia fiscal, y sabemos que no es el único, está opacando el interés de las personas en hacer negocios. El panorama actual de  difíciles reglas y requisitos fiscales desmotiva a inversionistas tanto nacionales como extranjeros, y ya sabemos lo relevante que es la inversión para un país, tal como lo ha referido el actual ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas S. en el libro “Introducción a la Economía Colombiana” pagina 49 cuando expresa que “una baja tasa de inversión es sinónimo de bajo crecimiento (…) no cabe duda que la relación entre inversión y crecimiento es solida”. Lo anterior sin desconocer la responsabilidad que le pueda caber al sistema tributario como detonante de las tasas de informalidad empresarial, discusión que se empieza a plantear abiertamente y de lo cual da cuenta el libro “Recaudar no basta”  del BID, pagina 106 y siguientes.
 
Es necesidad sentida de los empresarios, los negocios y el mercado, una política de racionalización de trámites y obligaciones fiscales inspirados en similar filosofía a la que sirve de fundamento al Decreto 19 de 2012, donde se dijo que se expedía esta norma con “el objeto de facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades que cumplen funciones administrativas, contribuir a la eficacia y eficiencia de estas y fortalecer, entre otros, los principios de buena fe, confianza legítima, transparencia y moralidad, se requiere racionalizar los trámites, procedimientos y regulaciones innecesarios contenidos en normas con fuerza de ley”. Frente al por qué de la inflación y complejidad de la normatividad fiscal podrían darse muchas respuestas, pero ensayemos estas: tal vez el sistema tributario desconfía de los contribuyentes y en el camino sacrifica la simplicidad, estabilidad jurídica y económica que requiere el mercado, además de la inobservancia del principio constitucional de la buena fe; otra posible respuesta es que se le están asignando tareas y misiones al sistema tributario que escapan de su propósito constitucional, como por ejemplo cuando a través de normas tributarias se intenta fiscalizar el pago de aportes a seguridad social y parafiscalidad, tanto de asalariados como de independientes, temas importantes claro está, pero los cuales deberían ser objeto de control a través de otro grupo normativo, no de las fiscales.