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OPINIÓN

Propiedad intelectual, comercio electrónico y aduanas en el 2021

10 de febrero de 2021

Canal de noticias de Asuntos Legales

Durante el último año hemos experimentado infinidad de cambios en la forma en la que adquirimos y vendemos productos. Las cuarentenas, los toques de queda, y el pico y cédula nos han obligado a repensar las relaciones y hábitos de consumo. En este escenario, el comercio electrónico ha ganado terreno en las preferencias de compra de los consumidores colombianos. Según la Cámara de Comercio de Electrónico, el incremento de esta modalidad de adquisición de bienes fue de un 25,3% en 2020 y se proyecta un crecimiento del 20% en 2021. Esta revolución en la manera en la que se efectúan las compras ha acelerado un proceso de deslocalización del consumo, pues cada vez es más frecuente adquirir productos ofrecidos en otras jurisdicciones. Estos cambios no se reflejan sólo en el consumidor, sino que los vendedores también han migrado a las plataformas digitales para ofertar sus productos.

Así, las mercancías que ingresan a nuestro país no están terminando en tiendas físicas sino en bodegas desde las cuales se despachan al consumidor final. En este contexto, las labores de verificación aduanera son muy importantes, pues la detección de productos falsificados debe orientarse cada vez más a hacerse en las fronteras; de lo contrario, la lucha contra la falsificación, se dificultará. Al respecto, los delincuentes han encontrado en el comercio electrónico una manera menos riesgosa de comercializar productos falsificados, pues la anonimidad en internet dificulta el rastreo de las infracciones a los derechos de propiedad intelectual.

Si bien muchas plataformas de comercio electrónico tienen políticas de defensa de propiedad intelectual y permiten el desmonte de contenidos infractores, esta es una batalla que muchas veces está perdida. Lo anterior debido a que desmontar una publicación infractora no saca el producto del comercio y basta con hacer una nueva publicación para evadir los esfuerzos de los titulares de propiedad intelectual y las plataformas de comercio electrónico.

Ahora bien, desde hace varios años en Colombia existen normas que ayudan a combatir la entrada de falsificaciones a través de las fronteras. La primera gran herramienta con la que cuentan los oficiales aduaneros para detectar productos falsificados es el directorio de titulares de derechos de propiedad intelectual. Este es un registro publico, en el cual los titulares de derechos de propiedad intelectual inscriben sus marcas, le dan detalles a la autoridad de cómo identificar productos falsificados y nombran un contacto para que la autoridad los notifique cuando detecten mercancías sospechosas.

La segunda herramienta son las medidas en frontera, las cuales consisten en la aprehensión temporal de mercancías sospechosas y la suspensión de la operación aduanera cuando se detecta que existen productos potencialmente falsificados. Para que esta aprehensión no sea levantada es necesario iniciar acciones judiciales, como la presentación de una denuncia en contra de importador por la comisión del delito de usurpación de derechos de propiedad industrial o la iniciación de un proceso de infracción marcaria.

En la práctica, los oficiales aduaneros suelen verificar el directorio de titulares de propiedad intelectual y notificar a los contactos inscritos, para permitir la inspección de las mercancías y la solicitud de aplicación de medidas en frontera. Lo anterior, es producto de las capacitación constantes que efectúa la Dian a sus funcionarios en articulación con los autoridades de propiedad intelectual.

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