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jueves, 30 de marzo de 2023

Mediante el Decreto Distrital 555 de 2021, se aprobó el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, el cual representa la hoja de ruta para el desarrollo urbanístico de la ciudad durante los próximos años.

Además de las muy publicitadas polémicas que ha tenido este POT, entre los que se destacan: (i) la aparente violación al procedimiento de aprobación del POT, ya que se aprobó por Decreto y no por Acuerdo, (ii) la determinación de metros cuadrados mínimos para la construcción de viviendas de interés social (42 M2), (iii) la prohibición para desarrollar urbanísticamente la Reserva Forestal Thomas van der Hammen, entre otros, existe una nueva figura propuesta por este POT denominada “Actuaciones Estratégicas”, que está generando en la práctica un serio bloqueo al desarrollo de proyectos de construcción, en diferentes sectores de la ciudad.

Esta nueva figura urbanística, sumada al aumento de las tasas de interés, al fenómeno inflacionario, al aumento de los costos de los materiales de construcción, y a la suspensión de los subsidios otorgados por el Gobierno Nacional (Mi Casa Ya), se han convertido en la tormenta perfecta, para desincentivar severamente el desarrollo de proyectos de construcción en la ciudad de Bogotá.

Las Actuaciones Estratégicas, son instrumentos de planeación que están diseñados para complementar las normas generales establecidas en el POT. Con la aprobación de estas Actuaciones Estratégicas, se puede entre otras cosas, acceder a mayores alturas e índices de construcción, que básicamente se traducen en una mayor oferta de metros cuadrados construidos para la ciudad, en una potencial mayor demanda de compra de unidades inmobiliarias y en consecuencia en la generación de empleo para el País.

No obstante, y a pesar de que las Actuaciones Estratégicas son en teoría, una muy buena posibilidad de habilitar suelos para desarrollar proyectos de construcción, en la práctica, dicha figura se ha convertido en un dolor de cabeza para los dueños de tierra y constructores, en ciertos sectores de la ciudad.

Lo anterior debido a que: (i) las Actuaciones Estratégicas deben ser aprobadas por decreto de la Alcaldía, lo cual implica que se debe adelantar un proceso previo complejo de aprobación por diferentes instancias (similar a la de los planes parciales); (ii) las Actuaciones Estratégicas tienen un orden de priorización, lo que quiere decir que el Distrito solamente promoverá la adopción de dichas actuaciones, en el orden señalado por el artículo 480 del POT; y (iii) hasta tanto no se hayan aprobado las Actuaciones Estratégicas (plazo de 6 años), solo se podrán aplicar edificabilidades básicas, que en casi ningún caso genera un modelo de proyecto de construcción rentable y atractivo para ningún constructor.

Así las cosas, se rescata que las Actuaciones Estratégicas representan buenas ideas desde el punto de vista de la planificación del territorio, porque entre otras cosas, permite desarrollar proyectos en sectores importantes de la ciudad, mejorando el espacio público y generando muchos más metros cuadrados de construcción para desarrollar, lo que no ocurría con el anterior POT (Decreto 190 de 2004), sin embargo, la realidad es que debido a la dificultad de concretar estas buenas ideas urbanísticas, se está generando una enorme desaceleración en la construcción en la ciudad de Bogotá.

Es urgente acelerar la adopción de todas las Actuaciones Estratégicas, por el bienestar urbanístico de la ciudad.